RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 01-2021-MINEDU/VMGI-PRONABEC, PODER EJECUTIVO, EDUCACION - Designan Director de Sistema Administrativo II de la Unidad de Seguimiento y Recuperación de la Oficina de Gestión de Crédito Educativo del PRONABEC-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 01-2021-MINEDU/VMGI-PRONABEC

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 4 de Enero de 2021

Designan Director de Sistema Administrativo II de la Unidad de Seguimiento y Recuperación de la Oficina de Gestión de Crédito Educativo del PRONABEC

Resolución Directoral Ejecutiva

N° 01-2021-MINEDU/VMGI-PRONABEC

Lima, 4 de enero de 2021

VISTOS:

El informe N° 861-2020-MINEDU-VMGI-PRONABEC-OGTA de la Oficina de Gestión del Talento; el Oficio Nº 01-2021-MINEDU/VMGI-PRONABEC-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica y demás recaudos que se acompañan al Expediente N° 55838-2020 (SIGEDO); y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 29837 se crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo – PRONABEC, modificada por la Ley N° 30281, a cargo del Ministerio de Educación, encargado del diseño, planificación, gestión, monitoreo y evaluación de becas y créditos educativos para el financiamiento de estudios de educación técnica y superior, estudios relacionados con los idiomas, desde la etapa de educación básica, en instituciones técnicas, universitarias y otros centros de formación en general, formen parte o no del sistema educativo; así como capacitación de artistas y artesanos y entrenamiento especializado para la alta competencia deportiva;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 705-2017-MINEDU, de fecha 19 de diciembre de 2017, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo – PRONABEC, que establece en el artículo 10 que la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad administrativa del Programa, responsable de la dirección y administración general y que entre sus funciones se encuentra, conforme al literal h) del artículo 11, designar y/o encargar a los funcionarios y/o funciones, según corresponda, de los cargos directivos del PRONABEC. Del mismo modo, en el artículo 56 se estable que la Unidad de Seguimiento y Recuperación es la unidad orgánica responsable de controlar la recuperación de los créditos otorgados, está a cargo de un Jefe de Unidad y depende jerárquicamente de la Oficina de...

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