RESOLUCION, N° 000118-2020-SERVIR-PE, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL - Formalizan acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprobaron los “Lineamientos para el otorgamiento de opinión técnica sobre necesidad de personal bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios en el ámbito del sistema administrativo de gestión de recursos humanos”-RESOLUCION-N° 000118-2020-SERVIR-PE

EmisorOrganismos Tecnicos Especializados
Fecha de la disposición31 de Diciembre de 2020

Formalizan acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprobaron los “Lineamientos para el otorgamiento de opinión técnica sobre necesidad de personal bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios en el ámbito del sistema administrativo de gestión de recursos humanos”

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA

Nº 000118-2020-SERVIR-PE

Lima, 31 de diciembre de 2020

VISTO: el Informe Técnico Nº 000164-2020-SERVIR-GDSRH y el Memorando Nº 000694-2020-SERVIR-GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1023 se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como organismo técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado, con el fin de contribuir a la mejora continua de la administración del Estado a través del fortalecimiento del servicio civil;

Que, el numeral 9.4 del artículo 9 y el numeral 10.2 del artículo 10 de la Ley Nº 31084 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2021, señalan que previo a la solicitud de emisión de informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, en los casos de la habilitación de las Específicas del Gasto 2.3.2 8.1 1 “Contrato Administrativo de Servicios”, 2.3.2 8.1 2 “Contribuciones a EsSalud de C.A.S.” y 2.3.2 8.1 4 “Aguinaldos de C.A.S.”, como consecuencia del incremento en el número de trabajadores contratados bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057; en los casos que la habilitación conlleve incremento en el número de trabajadores contratados bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057; y, en los casos que la incorporación de recursos se efectúe como consecuencia del incremento en el número de trabajadores contratados bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, respectivamente, se requiere la opinión previa favorable de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), respecto a la viabilidad de la dotación de personal materia de financiamiento, en el marco de los lineamientos para la determinación de las necesidades de personal emitidos por dicha entidad;

Que, mediante Informe Técnico Nº 000164-2020-SERVIR-GDSRH (complementado por el Memorando Nº 000694-2020-SERVIR-GDSRH), la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos presentó la propuesta de Lineamientos para el otorgamiento de opinión técnica sobre necesidad de personal bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios en el ámbito del sistema administrativo de gestión de recursos humanos. Su objetivo es establecer el procedimiento que deben de seguir las entidades públicas para solicitar opinión técnica de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), en el marco de lo dispuesto en el numeral 9.4 del artículo 9, y el numeral 10.2 del artículo 10 de Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021;

Que, de acuerdo con el literal a) del artículo 16 del Decreto Legislativo Nº 1023 que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, como rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el Consejo Directivo tiene como función y atribución expedir normas a través de Resoluciones y Directivas de carácter general y/o alcance nacional y desarrollar las funciones de las gerencias y de los órganos que se requieran para el ejercicio de sus funciones dentro de los límites que señala la Ley y el Reglamento de Organización y Funciones, correspondiéndole, por su condición de máximo órgano de la entidad, aprobar los lineamientos propuestos por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos;

Que, en sesión de Consejo Directivo Nº 020-2020, se acordó aprobar la propuesta de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos; disponiendo que la Presidencia Ejecutiva emita la Resolución que formalice dicho acuerdo;

Con los vistos de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos y de la Oficina de Asesoría Jurídica,

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil y sus modificatorias; la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2021; y, el Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, aprobado por el Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1º Formalizar el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprobaron los “Lineamientos para el otorgamiento de opinión técnica sobre necesidad de personal bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios en el ámbito del sistema administrativo de gestión de recursos humanos”; que, en anexo forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2º Disponer que se notifique la presente resolución a la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos.
Artículo 3º Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el diario oficial “El Peruano”; en el Portal del Estado Peruano y el portal institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN JOSÉ MARTÍNEZ ORTIZ

Presidente Ejecutivo

LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE OPINIÓN TÉCNICA SOBRE NECESIDADES DE PERSONAL BAJO EL RÉGIMEN ESPECIAL DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS EN EL ÁMBITO DEL SISTEMA ADMINISTRATIVO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS

  1. OBJETIVO

    Establecer el procedimiento que deben de seguir las entidades públicas para solicitar opinión técnica de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), en el marco de lo dispuesto en el numeral 9.4 del artículo 9, y el numeral 10.2 del artículo 10 de Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021.

  2. FINALIDAD

    La finalidad del presente documento es que las entidades públicas cuenten con lineamientos que les permitan planificar correctamente las necesidades de personal correspondientes al Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios (CAS), en congruencia con lo dispuesto para la entidad en su norma de creación y otra normativa sustantiva.

  3. BASE LEGAL

    3.1. Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil.

    3.2. Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021.

    3.3. Decreto Legislativo Nº 1023, Decreto Legislativo que crea la autoridad nacional del servicio civil, rectora del sistema administrativo de gestión de recursos humanos.

    3.4. Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios.

    3.5. Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil.

    3.6. Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios.

    3.7. Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, que aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública.

    3.8. Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado.

    Las...

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