RESOLUCION, Nº 1503-2020-MP-FN, ORGANOS AUTONOMOS, MINISTERIO PUBLICO - Crean la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia del Ministerio Público con competencia nacional y designan y nombran Fiscales en el Distrito Fiscal de Lima-RESOLUCION-Nº 1503-2020-MP-FN

EmisorOrganos Autonomos
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2020

Crean la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia del Ministerio Público con competencia nacional y designan y nombran Fiscales en el Distrito Fiscal de Lima

RESOLUCIÓN DE LA FISCALIA DE LA NACION

Nº 1503-2020-MP-FN

Lima, 30 de diciembre de 2020

VISTA:

La Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 009-2020-MP-FN-JFS, de fecha 24 de febrero de 2020.

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución de vista, emitida en virtud al Acuerdo N° 5672, el mismo que fue adoptado el 06 de febrero de 2020, se dispuso, entre otros, la creación de plazas de Fiscales Adjuntos Superiores, a nivel nacional, todas con carácter transitorio, las mismas cuya vigencia corresponde a partir del 26 de febrero y hasta el 31 de diciembre de 2020.

Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 084-2020-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2020, se dispuso prorrogar la vigencia de la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 009-2020-MP-FN-JFS, de fecha 24 de febrero de 2020, a partir del 01 de enero hasta el 31 de marzo de 2021.

El Informe de fecha 21 de diciembre de 2020 emitido por la Comisión conformada mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1025-2020-MP-FN encargada de evaluar técnicamente la creación de un piloto de Fiscalía Especializada o Unidad Especializada en Ciberdelincuencia del Ministerio Público; Informe de fecha 21 de diciembre de 2020 denominado “Cibercriminalidad: Análisis de Información para la creación de Unidad Especializada” emitido por la Oficina de Análisis Estratégico contra la Criminalidad (OFAEC)-Ministerio Público; y el Informe de Octubre de 2020 denominado “Apoyo a la creación de una Fiscalía Especializada en Ciberdelito en Perú” emitido por el Programa de Asistencia contra el Crimen Transnacional Organizado (PAcCTO)-Unión Europea.

Los artículos 158 y 159 de la Constitución Política establecen que el Ministerio Público es un organismo constitucional autónomo y titular de la acción penal. Asimismo, el artículo 1 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por Decreto Legislativo N° 052 y sus modificatorias, señala como funciones principales la defensa de la legalidad, los derechos ciudadanos y los intereses públicos, la representación de la sociedad en juicio, la persecución y prevención del delito.

La...

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