RESOLUCION, Nº 1326-2020-UNHEVAL, ORGANOS AUTONOMOS, INSTITUCIONES EDUCATIVAS - Otorgan duplicado de Diploma del Título de Licenciada en Enfermería expedido por la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco-RESOLUCION-Nº 1326-2020-UNHEVAL
Emisor | Organos Autonomos |
Fecha de la disposición | 18 de Diciembre de 2020 |
Otorgan duplicado de Diploma del Título de Licenciada en Enfermería expedido por la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco
UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN
SECRETARÍA GENERAL
RESOLUCIÓN CONSEJO UNIVERSITARIO
Nº 1326-2020-UNHEVAL
Cayhuayna, 8 de junio de 2020
VISTOS, los documentos que se acompañan en trece (13) folios y el diploma deteriorado;
CONSIDERANDO:
Que el Jefe de la Oficina de Asesoría Legal, mediante el Informe Nº 169-2020-UNHEVAL/AL, del 26.FEB.2020, emite opinión respecto a la expedición de duplicado de Diploma de Título Profesional, solicitado por la administrada ELITH CLEMENTE SALGADO; según el siguiente detalle:
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ANTECEDENTES
1.1. Mediante Formulario Único de Trámite N° 525467, la administrada ELITH CLEMENTE SALGADO, solicita la expedición de duplicado de Título Profesional de Licenciada en Enfermería, para lo cual adjuntó los siguientes documentos:
- Copia fedateada de la Resolución Nº 718-R-93
- Restos del Diploma del Título Profesional deteriorado
- Recibo de pago por duplicado de Título Profesional
1.2. Con Oficio N° 000103-2020-UNHEVAL-UGT, el Jefe de la Unidad de Grados y Títulos, de la Entidad, informa que:
…, según nuestra base de datos se verificó el Título Profesional de Licenciada en Enfermería de la Sra. ELITH CLEMENTE SALGADO, tal como se indica en el siguiente cuadro:
Apellido paterno Apellido materno Nombres Título Profesional Numero de resolución Fecha de resolución registro Fecha consejo universitario Libro CLEMENTE SALGADO ELITH LICENCIADA EN ENFERMERÍA 718-1993- UNHEVAL-CU 24/06/1993 77 03/06/1993 07 1.3. Mediante Proveído N° 01518-2020-UNHEVAL-R, se remite el expediente administrativo para emisión de opinión legal.
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APRECIACIÓN JURÍDICA
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De la emisión de duplicados de diplomas de grados y títulos profesionales
2.1. Que, los Artículos 1º y 2º de la Ley Nº 28626, prescribe que:
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Autorizase a las universidades públicas y privadas a expedir duplicados de diplomas de los grados académicos y títulos profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad.
La expedición del duplicado de los diplomas de los grados académicos y títulos profesionales, automáticamente anula los...
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