RESOLUCION, Nº 1326-2020-UNHEVAL, ORGANOS AUTONOMOS, INSTITUCIONES EDUCATIVAS - Otorgan duplicado de Diploma del Título de Licenciada en Enfermería expedido por la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco-RESOLUCION-Nº 1326-2020-UNHEVAL

EmisorOrganos Autonomos
Fecha de la disposición18 de Diciembre de 2020

Otorgan duplicado de Diploma del Título de Licenciada en Enfermería expedido por la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco

UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN

SECRETARÍA GENERAL

RESOLUCIÓN CONSEJO UNIVERSITARIO

Nº 1326-2020-UNHEVAL

Cayhuayna, 8 de junio de 2020

VISTOS, los documentos que se acompañan en trece (13) folios y el diploma deteriorado;

CONSIDERANDO:

Que el Jefe de la Oficina de Asesoría Legal, mediante el Informe Nº 169-2020-UNHEVAL/AL, del 26.FEB.2020, emite opinión respecto a la expedición de duplicado de Diploma de Título Profesional, solicitado por la administrada ELITH CLEMENTE SALGADO; según el siguiente detalle:

  1. ANTECEDENTES

    1.1. Mediante Formulario Único de Trámite N° 525467, la administrada ELITH CLEMENTE SALGADO, solicita la expedición de duplicado de Título Profesional de Licenciada en Enfermería, para lo cual adjuntó los siguientes documentos:

    - Copia fedateada de la Resolución Nº 718-R-93

    - Restos del Diploma del Título Profesional deteriorado

    - Recibo de pago por duplicado de Título Profesional

    1.2. Con Oficio N° 000103-2020-UNHEVAL-UGT, el Jefe de la Unidad de Grados y Títulos, de la Entidad, informa que:

    …, según nuestra base de datos se verificó el Título Profesional de Licenciada en Enfermería de la Sra. ELITH CLEMENTE SALGADO, tal como se indica en el siguiente cuadro:

    Apellido paterno Apellido materno Nombres Título Profesional Numero de resolución Fecha de resolución registro Fecha consejo universitario Libro
    CLEMENTE SALGADO ELITH LICENCIADA EN ENFERMERÍA 718-1993- UNHEVAL-CU 24/06/1993 77 03/06/1993 07

    1.3. Mediante Proveído N° 01518-2020-UNHEVAL-R, se remite el expediente administrativo para emisión de opinión legal.

  2. APRECIACIÓN JURÍDICA

    1. De la emisión de duplicados de diplomas de grados y títulos profesionales

    2.1. Que, los Artículos 1º y 2º de la Ley Nº 28626, prescribe que:

Artículo 1 Objeto de la Ley

Autorizase a las universidades públicas y privadas a expedir duplicados de diplomas de los grados académicos y títulos profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad.

Artículo 2 Nulidad del título anterior

La expedición del duplicado de los diplomas de los grados académicos y títulos profesionales, automáticamente anula los...

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