RESOLUCION, N° 000216-2020/SUNAT, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - Modifican el procedimiento específico “Extinción de deudas por pago” (versión 2)-RESOLUCION-N° 000216-2020/SUNAT

EmisorOrganismos Tecnicos Especializados
Fecha de la disposición10 de Diciembre de 2020

Modifican el procedimiento específico “Extinción de deudas por pago” (versión 2)

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

N° 000216-2020/SUNAT

MODIFICAN EL PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO

EXTINCIÓN DE DEUDAS POR PAGO

RECA-PE.02.01 (versión 2)

Lima, 10 de diciembre de 2020

CONSIDERANDO:

Que conforme al numeral 2.1 del artículo 2 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 940, aprobado por Decreto Supremo N° 155-2004-EF, el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central (SPOT) tiene por finalidad generar fondos para el pago de las deudas tributarias por concepto de tributos, multas, los anticipos y pagos a cuenta por tributos - incluidos sus respectivos intereses y la actualización que se efectúe de dichas deudas tributarias de conformidad con el artículo 33 del Código Tributario- que sean administradas y/o recaudadas por la SUNAT;

Que el procedimiento específico “Extinción de deudas por pago” RECA-PE.02.01 (versión 2), aprobado con Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 053-2010/SUNAT/A y recodificado mediante Resolución de Intendencia Nacional N° 07-2017-SUNAT/5F0000, permite que el pago de la deuda tributaria aduanera que constituya ingresos del Tesoro Público se realice con los fondos de la cuenta de detracciones, mediante cheques emitidos de conformidad con el Decreto Legislativo N° 940, en las cajas de las intendencias de aduanas y de la Intendencia Nacional de Control Aduanero;

Que, tal como se observa, el citado procedimiento solo contempla el pago de la deuda tributaria aduanera con cargo a los fondos de la cuenta de detracciones en forma presencial, por lo que se ha visto por conveniente incorporar el uso de medios electrónicos, a través de SUNAT Operaciones en Línea en el servicio Mis declaraciones y pagos;

Que con el fin de facilitar el pago de la deuda tributaria aduanera que se realiza con el uso de los fondos de la cuenta de detracciones, es necesario modificar el procedimiento específico “Extinción de deudas por pago” RECA-PE.02.01 (versión 2), conforme a lo señalado en el considerando precedente;

Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, no se...

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