RESOLUCION, Nº 1349 -2020-MP-FN, ORGANOS AUTONOMOS, MINISTERIO PUBLICO - Nombran Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima Este-RESOLUCION-Nº 1349 -2020-MP-FN

EmisorOrganos Autonomos
Fecha de la disposición 3 de Diciembre de 2020

Nombran Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima Este

resolución de la fiscalía de la nación

Nº 1349-2020-MP-FN

Lima, 3 de diciembre de 2020

VISTOS Y CONSIDERANDO:

El proveído N° 191-2020-MP-FN-CN-FEVCMYGF, cursado por la abogada Kelly Calderón Pérez, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, mediante el cual ratifica el requerimiento efectuado en el oficio 108-2020-MP-FN-FSTEVCMIGF-COR-LIMA ESTE, suscrito por la abogada Bethy María Espinoza Rivas, ese entonces, Coordinadora de las Fiscalías Provinciales Corporativas Transitorias Especializadas en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima Este, respecto a la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio, para el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de San Juan de Lurigancho (Zona Alta), la misma que, a la fecha, se encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario nombrar al fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.

SE RESUELVE:

Artículo Primero Nombrar al abogado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR