RESOLUCION, Nº 2821-2020, ORGANOS AUTONOMOS, SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES - Declaran la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito SHEFA-RESOLUCION-Nº 2821-2020

EmisorOrganos Autonomos
Fecha de la disposición13 de Noviembre de 2020

Declaran la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito SHEFA

RESOLUCIÓN SBS Nº 2821-2020

Lima, 13 de noviembre de 2020

LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y

ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS

DE PENSIONES

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 30822, (Ley COOPAC), Ley que modifica la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 (Ley General) y otras normas concordantes, respecto de la regulación y supervisión de las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público (en adelante, COOPAC); vigente a partir del 01.01.2019, a excepción de los artículos 7 y 8, y de las disposiciones complementarias finales tercera, cuarta y sétima, los cuales entraron en vigencia al día siguiente de su publicación realizada el 18.07.2018, otorgó a esta Superintendencia la facultad de supervisión de las COOPAC, estableciendo nuevas disposiciones relativas a regímenes especiales y de liquidación;

Que, en atención a lo expuesto, la Superintendencia emitió el Reglamento de Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público (el Reglamento), aprobado por la Resolución SBS N° 4977-2018 y su modificatoria que, entre otros aspectos, consolida los impedimentos aplicables a directivos y gerentes de las COOPAC, precisa el procedimiento y plazos de subsanación e inscripción, así como los casos de exclusión del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público (el Registro COOPAC);

Que, la Cooperativa de Ahorro y Crédito SHEFA (COOPAC SHEFA) solicitó su inscripción en el Registro COOPAC, siendo aceptada mediante Oficio N° 38046-2019-SBS del 30.09.2019, asignándole el Registro N° 430-2019-REG.COOPAC-SBS. Asimismo, en función del monto total de los activos declarados por COOPAC SHEFA, se asignó a ésta el Nivel N° 2 del Esquema Modular, con autorización para realizar operaciones correspondientes al Nivel N° 1;

Que, con fecha 24.01.2020 la COOPAC SHEFA solicitó la transformación de COOPAC a Cooperativa de Servicios Múltiples, siendo que para acreditar que no mantiene depósitos de sus socios pendientes de devolución, remitió un Estado de Situación Financiera correspondiente al mes de diciembre de 2019; asimismo, el 17.02.2020, la COOPAC SHEFA remitió sus Estados Financieros del mes de diciembre de 2019 a través del Portal COOPAC y en forma física;

Que, mediante Oficio N° 7599-2020-SBS de fecha 20.02.2020 se informó a la COOPAC SHEFA que para efectuar el cambio de tipología debía acreditar que no mantiene depósitos de sus socios pendientes del devolución, y que los Estados Financieros enviados por medios electrónicos y físicos, no habían sido aceptados (considerándose “no recibidos”), debido a las siguientes razones: i) por contener datos errados, conforme al “Reporte de Errores” de dicho Portal; y ii) por no estar suscritos en todas las hojas por el Contador General, Gerente General y, por lo menos, dos miembros del Consejo de Administración, ni haber remitido las notas correspondientes ni la información financiera complementaria obligatoria, de acuerdo al Manual de Contabilidad para COOPAC. Asimismo, en el citado Oficio se le informó que personas identificadas como...

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