ORDENANZA, Nº 027-2020-GRH-CR, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO - Declaran en Emergencia el Saneamiento Físico Legal de las Instituciones Educativas de la Región Huánuco-ORDENANZA-Nº 027-2020-GRH-CR
Emisor | Gobiernos Regionales |
Fecha de la disposición | 5 de Noviembre de 2020 |
Declaran en Emergencia el Saneamiento Físico Legal de las Instituciones Educativas de la Región Huánuco
ORDENANZA REGIONAL
Nº 027-2020-GRH-CR
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL HUÁNUCO
POR CUANTO:
El Consejo Regional de Huánuco, en Sesión Ordinaria, celebrado en la Provincia de Huánuco, el día 05 de agosto de 2020;
VISTO:
El Oficio Nº 1314-2020-GRH-DREH/DIR/SG de fecha 21 de julio de 2020, presentado por el Director Regional de Educación del Gobierno Regional Huánuco, sobre Informe Técnico del estado situacional del Saneamiento Físico Legal de las Instituciones Educativas de la Región Huánuco, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191º del Capítulo XIV del Título IV de la Carta Magna, modificado por la Ley Nº 27680, y Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”;
Que, el artículo 192º de la Constitución Política del Perú y la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, Ley Nº 27680, establece que es competencia de los Gobiernos Regionales promover el desarrollo y la economía regional, fomentar las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo; Asimismo, en el artículo 16º del Capítulo II De Los Derechos Sociales y Económicos de la Constitución Política del Perú, textualmente dice: “Tanto el sistema como el régimen educativo son descentralizados. El estado coordina la política educativa. Formula los lineamientos generales de los planes de estudios, así como los requisitos mínimos de la organización de los centros educativos. Supervisa su cumplimiento y la calidad de la educación; Es deber del Estado asegurar que nadie se vea impedido de recibir educación adecuada por razón de su situación económica o de limitaciones mentales o físicas. Se da prioridad a la educación en la asignación de recursos...
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