RESOLUCION JEFATURAL, Nº 248-2020-J-OPE/INS, ORGANISMOS EJECUTORES, INSTITUTO NACIONAL DE SALUD - Designan Coordinador Técnico del Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud-RESOLUCION JEFATURAL-Nº 248-2020-J-OPE/INS

EmisorOrganismos Ejecutores
Fecha de la disposición 3 de Noviembre de 2020

Designan Coordinador Técnico del Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud

RESOLUCIÓN JEFATURAL

Nº 248-2020-J-OPE/INS

Lima, 3 de noviembre 2020

VISTO:

El expediente con Registro Nº 22221-2020, que contiene el Memorando Nº 687-2020-DG-OGA/INS de fecha 02 de noviembre de 2020 con el Informe Nº 182-2020-OEP-OGA/INS de fecha 02 de noviembre, de la Oficina Ejecutiva de Personal de la Oficina General de Administración del Instituto Nacional de Salud; y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 961-2018/MINSA publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 24 de octubre de 2018, se aprobó el Cuadro de Asignación de Personal-CAP Provisional del Instituto Nacional de Salud, y mediante Resolución Jefatural Nº 151-2020-OEP/INS de fecha 24 de julio de 2020 se aprobó el Reordenamiento de Cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional, en el cual el cargo de Coordinador Técnico del Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud del Instituto Nacional de Salud, se encuentra clasificado como Servidor Público-Directivo Superior de libre designación por el Jefe Institucional (nivel de confianza);

Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales, dispone que el personal establecido en los numerales 1), 2) e inciso a) del numeral 3) del artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho Decreto Legislativo. Este personal sólo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal – CAP de la entidad;

Que, mediante...

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