RESOLUCION JEFATURAL, Nº 000382-2020-JN/ONPE, ORGANOS AUTONOMOS, OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES - Disponen el cumplimiento obligatorio de diversos protocolos de seguridad y prevención contra el COVID 19 en los procesos electorales convocados, aprobados por la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional (GOECOR)-RESOLUCION JEFATURAL-Nº 000382-2020-JN/ONPE

EmisorOrganos Autonomos
Fecha de la disposición 2 de Noviembre de 2020

Disponen el cumplimiento obligatorio de diversos protocolos de seguridad y prevención contra el COVID 19 en los procesos electorales convocados, aprobados por la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional (GOECOR)

RESOLUCIÓN JEFATURAL

Nº 000382-2020-JN/ONPE

Lima, 2 de noviembre del 2020

VISTOS: Los Oficios Nº 000028-2020-GOECOR/ONPE y Nº 000031-2020-GOECOR/ONPE, de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional; el Oficio Nº 1058-2020-DVM-SP/MINSA, del Vice Ministro de Salud Pública; así como, el Informe Nº 000552-2020-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

La Oficina Nacional de Procesos Electorales tiene a su cargo la organización y la ejecución de los procesos electorales y consultas populares. Ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Elecciones y su Ley Orgánica. De conformidad con el Artículo 37º de la Ley Orgánica de Elecciones, la ONPE es la autoridad máxima en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum u otras consultas populares, de acuerdo con su Ley Orgánica, Ley Nº 26487;

La Organización Mundial de la Salud ha calificado, con fecha 11 de marzo de 2020, el brote del Coronavirus (COVID-19) como una pandemia, al haberse extendido en más de cien países del mundo de manera simultánea. Asimismo, el artículo 7º de la Constitución Política del Perú establece que todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad, adicionalmente, los numerales II y VI del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establecen que la protección de la salud es de interés público, y que es responsabilidad del Estado regularla y vigilarla. En ese contexto, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se declara en Emergencia Sanitaria y, por Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, se decreta el Estado de Emergencia Nacional, las cuales se encuentran actualmente vigentes. Asimismo, por Resolución Ministerial Nº448-2020-MINSA se aprueba el Documento Técnico: “Lineamientos para la vigilancia, prevención...

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