RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 879-2020/MINSA, PODER EJECUTIVO, SALUD - Aprueban “Directiva Sanitaria para el uso de oxígeno en las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y uso domiciliario”-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 879-2020/MINSA

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición23 de Octubre de 2020

Aprueban “Directiva Sanitaria para el uso de oxígeno en las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y uso domiciliario”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 879-2020/MINSA

Lima, 23 de octubre del 2020

Vistos, el Expediente Nº 20-074115-001, que contiene el Informe Nº 117-2020-DIPOS-DGAIN/MINSA, el Informe Nº 164-2020-DIPOS-DGAIN/MINSA, y el Memorando Nº 328-2020-DGAIN/MINSA emitidos por la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional; así como, el Informe Nº 1093-2020-OGAJ/MINSA, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, los numerales I, II y VI del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; asimismo, es de interés público la provisión de servicios de salud, cualquiera sea la persona o institución que los provea, siendo responsabilidad del Estado promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad;

Que, el literal e) del artículo 15 de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, modificado por la Ley Nº 29414, Ley que establece los derechos de las personas usuarias de los servicios de salud, establece que toda persona tiene derecho a obtener servicios, medicamentos y productos sanitarios adecuados y necesarios para prevenir, promover, conservar o restablecer su salud, según lo requiera la salud del usuario, garantizando su acceso en forma oportuna y equitativa;

Que, el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 027-2015-SA, Reglamento de la Ley Nº 29414, Ley que establece los derechos de las personas usuarias de los servicios de salud, señala que toda persona tiene derecho a obtener servicios, medicamentos y productos sanitarios adecuados y necesarios para prevenir, promover, conservar o restablecer su salud, según lo requiera la salud de la persona usuaria, de acuerdo a las guías de práctica clínica, el uso racional de los recursos y según la capacidad de oferta de la IPRESS y cobertura contratada con la IAFAS; así como, que la IPRESS y...

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