RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 008-2020-EF/54.01, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Aprueban Directiva denominada “Procedimientos para la Gestión de Bienes Muebles Estatales calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos - RAEE”-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 008-2020-EF/54.01

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición12 de Octubre de 2020

Aprueban Directiva denominada “Procedimientos para la Gestión de Bienes Muebles Estatales calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos - RAEE”

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

Nº 008-2020-EF/54.01

Lima, 12 de octubre de 2020

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el Decreto Legislativo N°1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público, el Sistema Nacional de Abastecimiento es el sistema administrativo conformado por el conjunto de principios, procesos, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos para la provisión de los bienes, servicios y obras orientados al logro de los resultados, a través de los procesos de la Cadena de Abastecimiento Público;

Que, de acuerdo con el Decreto Legislativo N°1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N°217-2019-EF, la Dirección General de Abastecimiento es el ente rector del Sistema Nacional de Abastecimiento y como tal, se constituye a nivel nacional como la más alta autoridad técnico - normativa en materia de abastecimiento, encargada de proponer políticas, dictar normas y procedimientos para la conducción de las actividades de la Cadena de Abastecimiento Público; así como, monitorear, supervisar y evaluar la gestión de dichas actividades;

Que, mediante Decreto Supremo 009-2019-MINAM, se aprueba el Régimen Especial de Gestión y Manejo de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos-RAEE y se faculta a que la entidad competente regule el procedimiento para la baja de los RAEE generados por las entidades públicas;

Que, los bienes calificados como RAEE constituyen bienes muebles por las características señaladas en el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1439, aprobado por Decreto Supremo N°217-2019-EF; por lo que, corresponde a la Dirección General de Abastecimiento regular el procedimiento para la gestión de dichos bienes;

Que, al amparo de lo previsto en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1439, en tanto la Dirección General de Abastecimiento asuma la totalidad de competencias establecidas en el Decreto Legislativo, se mantienen vigentes las normas, directivas u otras disposiciones aprobadas por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en lo que resulte aplicable;

Que, el procedimiento para la baja y...

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