DECRETO SUPREMO, N° 009-2019-MINAM, PODER EJECUTIVO, AMBIENTE - Aprueban el Régimen Especial de Gestión y Manejo de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos-DECRETO SUPREMO-N° 009-2019-MINAM

Fecha de disposición08 Noviembre 2019
Fecha de publicación08 Noviembre 2019
MateriaDerecho Procesal

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 22 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida;

Que, conforme a lo dispuesto por el artículo I del Título Preliminar de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, y el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservación de la diversidad biológica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del país;

Que, el artículo 3 de la citada Ley señala que el Estado, a través de sus entidades y órganos correspondientes, diseña y aplica las políticas, normas, instrumentos, incentivos y sanciones que sean necesarios para garantizar el efectivo ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades contenidas en la referida Ley;

Que, de acuerdo al literal k) del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, esta entidad tiene como función específica, entre otras, promover y coordinar la adecuada gestión de residuos sólidos;

Que, a través del Decreto Legislativo N° 1278, se aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos (LGIRS), la cual tiene como objeto establecer derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, con la finalidad de propender hacia la maximización constante de la eficiencia en el uso de los materiales y asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos económica, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a las obligaciones, principios y lineamientos señalado en ella;

Que, la LGIRS introduce entre otros principios, la responsabilidad extendida del productor (REP), la cual promueve que los fabricantes, importadores, distribuidores y comercializadores se involucren activamente en las diferentes etapas del ciclo de vida del producto, priorizado la recuperación y valorización de los residuos. Es así que, en su artículo 13, establece el marco normativo para su implementación a través del régimen especial de gestión de residuos de bienes priorizados;

Que, a través del Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, se aprueba el Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, el cual en su artículo 84 define el régimen especial de gestión de residuos sólidos de bienes priorizados;

Que, el mismo artículo señala que, mediante Decreto Supremo, a propuesta del MINAM y con el refrendo de los sectores competentes, se regulará el citado régimen especial, estableciéndose los bienes priorizados, los objetivos, las metas y los plazos para la implementación de los sistemas de manejo de los residuos sólidos generados a partir de dichos bienes;

Que, los aparatos eléctricos y electrónicos son bienes de consumo masivo en el país, con tendencia a un crecimiento significativo, lo que implica la generación de una cantidad considerable de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos; que dentro de sus componentes contienen residuos peligrosos;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, la gestión y manejo de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos se encuentran dentro del régimen especial de gestión de residuos sólidos de bienes priorizados; y, en tanto se apruebe el Decreto Supremo que regula el mencionado régimen, la gestión y manejo de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos serían regulados mediante el Decreto Supremo N° 001-2012-MINAM que aprueba el Reglamento Nacional para la Gestión y Manejo de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos, y sus normas complementarias;

Que, resulta necesario contar con una nueva norma que permita asegurar una gestión y manejo de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, de conformidad con lo establecido en la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos y su Reglamento;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 090-2019-MINAM, el Ministerio del Ambiente dispuso la prepublicación del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Régimen Especial de Gestión y Manejo de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE), en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente, en virtud de la cual se recibieron aportes y comentarios al mismo;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el numeral 3 del artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente; el Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos; y, el Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos;

DECRETA:

Artículo 1 Aprobación del Régimen Especial de Gestión y Manejo de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos

Apruébese el Régimen Especial de Gestión y Manejo de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos, cuyo texto está compuesto de seis (6) Títulos, treinta y cinco (35) Artículos, cuatro (4) Disposiciones Complementarias Transitorias, seis (6) Disposiciones Complementarias Finales, una (1) Disposición Complementaria Derogatoria y dos (2) Anexos, los cuales forman parte integrante del presente Decreto Supremo.

Artículo 2 Publicación

Disponer la publicación del presente Decreto Supremo, el Régimen Especial aprobado por el artículo precedente y sus Anexos en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), el mismo día de la publicación de la presente norma en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo 3 Financiamiento

El financiamiento de la presente norma se realiza con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales del Tesoro Público.

Artículo 4 Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra del Ambiente y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO

Presidente de la República

FABIOLA MUÑOZ DODERO

Ministra del Ambiente

EDMER TRUJILLO MORI

Ministro de Transportes y Comunicaciones

Artículo 1 Objeto

Establecer un régimen especial para la gestión y manejo de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) como residuos de bienes priorizados, mediante la determinación de un conjunto de obligaciones y responsabilidades de los actores involucrados en las diferentes etapas de gestión y manejo, el cual comprende actividades destinadas a la segregación, almacenamiento, recolección, transporte, valorización y disposición final de los RAEE, teniendo en cuenta condiciones para la protección del ambiente y la salud humana.

Artículo 2 Finalidad

Asegurar la maximización constante de la eficiencia en la gestión y manejo de RAEE, que comprende como primera finalidad su valorización y como última, la disposición final.

Artículo 3 Ámbito de aplicación
  1. Este reglamento es de aplicación a toda persona natural o jurídica, entidad pública o privada, que participe como generador, productor, operador, distribuidor o comercializador dentro del territorio nacional, que realice actividades y acciones relativas a la gestión y manejo de RAEE categorizados en el Anexo II de la presente norma.

  2. No están comprendidas dentro del ámbito de aplicación de la presente norma las exclusiones establecidas en el artículo 27 del Decreto Legislativo N° 1278.

Artículo 4 Lineamientos

Para la gestión y manejo de RAEE se consideran los siguientes lineamientos:

  1. Priorizar la recuperación y valorización frente a la disposición final de RAEE.

  2. Establecer la responsabilidad extendida del productor, y la responsabilidad compartida del generador, operador de RAEE, y municipalidades.

  3. Involucrar a los comercializadores y distribuidores para que, en colaboración con los sistemas de manejo, faciliten la recolección de los RAEE.

  4. Realizar acciones de...

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