RESOLUCION, N° 143-2020-SUNARP/SN, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS - Aprueban la Directiva DI-003-SCT-DTR, Directiva que regula la estructura de la Base Gráfica Registral de la Sunarp-RESOLUCION-N° 143-2020-SUNARP/SN

EmisorOrganismos Tecnicos Especializados
Fecha de la disposición 8 de Octubre de 2020

Aprueban la Directiva DI-003-SCT-DTR, Directiva que regula la estructura de la Base Gráfica Registral de la Sunarp

RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS

N° 143-2020-SUNARP/SN

Lima, 8 de octubre de 2020

VISTO:

El Informe Técnico N° 028-2020-SUNARP-SCT/DTR del 06 de octubre de 2020, de la Dirección Técnica Registral; el Memorándum N° 791-2020- SUNARP/OGTI del 16 de setiembre de 2020, de la Oficina General de Tecnologías de la Información; el Memorándum N° 454-2020-SUNARP/OGPP del 08 de mayo de 2020, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Memorándum N° 485-2020-SUNARP/OGAJ de 01 de octubre de 2020, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp es un Organismo Técnico Especializado del Sector Justicia y Derechos Humanos que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simplificación, integración y modernización de los Registros;

Que, el proceso de modernización de la gestión del Estado, regulado en la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos;

Que, la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, aprobada por el Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, considera a la innovación y aprovechamiento de las tecnologías, como uno de los principios orientadores de la gestión pública, por el cual, las entidades públicas deben avanzar en un proceso constante de revisión y renovación de los procesos y procedimientos mediante los cuales implementan sus acciones e incorporan el aprovechamiento intensivo de tecnologías apropiadas –no sólo a nivel de dependencias prestadoras de servicios, sino también de aquéllas responsables de sistemas administrativos-, de manera que dichas tecnologías contribuyan al cambio y mejora de la gestión pública;

Que, la información gráfica registral de las áreas de catastro constituye un activo de información de vital importancia para la prestación de los servicios de inscripción y de publicidad, por lo que la misma debe almacenarse de forma estructurada y estandarizada a efectos de asegurar su contenido y de facilitar el acceso a los operadores registrales, quienes requieren dicha información para el desarrollo de sus funciones, conforme a sus competencias;

Que, desde la aprobación de la Directiva N° 02-2011-SUNARP/GC sobre “Estructura de la Base Gráfica GIS del Registro de Predios”, la Sunarp ha venido modernizando sus servicios y las formas de acceder a los mismos, por lo que resulta necesario actualizar los mecanismos y procedimientos internos que permitan mantener la estructura de la información de la Base Gráfica y, al mismo tiempo, dicha información cuente con campos debidamente estructurados y estandarizados que permitan publicitar la información gráfica con mejor detalle;

Que, atendiendo a las consideraciones expuestas, así como a la evaluación técnica correspondiente, resulta oportuno y necesario aprobar la directiva que redefina la estructura de la Base Gráfica Registral y reemplace a la normativa existente que ha devenido en obsoleta, a efectos que la información gráfica que manejan las áreas de catastro de la SUNARP se encuentre estandarizada, homogenizada, ordenada y sea consistente a nivel nacional, para una adecuada gestión de la información gráfica registral;

Que, la Dirección Técnica Registral ha elevado el proyecto de Directiva y de Resolución, conjuntamente con el Informe Técnico, a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para la evaluación y aprobación respectiva, la cual cuenta con la opinión favorable de la Oficina General de Tecnologías de la Información, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto por el literal x) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 012-2013-JUS y contando con el visado de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Tecnologías de la Información y de la Dirección Técnica Registral;

SE RESUELVE:

Artículo 1 Aprobación de Directiva.

Aprobar la Directiva DI-003-SCT-DTR, Directiva que regula la estructura de la Base Gráfica Registral de la Sunarp.

Artículo 2 Entrada en vigencia

La Directiva DI-003-SCT-DTR, aprobada en el artículo 1 de la presente resolución, entra en vigencia dentro de los noventa (90) días útiles contados a partir de su publicación en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano.

Artículo 3 Derogación

Déjese sin efecto la Directiva N° 02-2011-SUNARP/GC, aprobada por Resolución del Superintendente Adjunto N° 064-2011-SUNARP/SA, a partir de la entrada en vigencia de la directiva a la que hace mención el artículo 1.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HAROLD MANUEL TIRADO CHAPOÑAN

Superintendente Nacional de los Registros Públicos

Sunarp

DIRECTIVA DI-003-SCT-DTR

Aprobación: Resolución Nº 143-2020-SUNARP/SN

Versión: V.01

Fecha de aprobación: 08/10/2020

DIRECTIVA QUE REGULA LA ESTRUCTURA DE LA BASE GRAFICA REGISTRAL DE LA SUNARP

INDICE

  1. OBJETIVO

  2. ALCANCE

  3. BASE LEGAL

  4. DEFINICION DE TERMINOS

    4.1 Base Gráfica en Evaluación (BGE).

    4.2 Base Gráfica de Predios Inscritos (BGI)

    4.3 Campos

    4.4 Capas

    4.5 Dominio

    4.6 European Petroleum Survey Group (EPSG)

    4.7 Grupo

    4.8 Subgrupo

    4.9 ToolsGis

    4.10 Responsable de la Base Grafica Registral

  5. RESPONSABILIDADES

  6. DISPOSICIONES GENERALES

  7. DISPOSICIONES ESPECIFICAS:

    7.1 Estructura de la Base Grafica Registral

    7.1.1.Grupos

    7.1.2.Subgrupos

    7.1.3.Capas

    7.1.4.Campos

  8. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS.

  9. ANEXOS

  10. OBJETIVO

    Establecer la estructura de la Base Gráfica Registral que manejan las áreas de catastro para contar con una información...

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