RESOLUCION, N° 000166-2020/SUNAT, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - Modifican la Res. N° 210-2004/SUNAT para regular la comunicación de alta, modificación o baja de representantes legales de los colegios profesionales y juntas de decanos de los colegios profesionales-RESOLUCION-N° 000166-2020/SUNAT

EmisorOrganismos Tecnicos Especializados
Fecha de la disposición 2 de Octubre de 2020

Modifican la Res. N° 210-2004/SUNAT para regular la comunicación de alta, modificación o baja de representantes legales de los colegios profesionales y juntas de decanos de los colegios profesionales

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

Nº 000166-2020/SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 210-2004/SUNAT PARA REGULAR LA COMUNICACIÓN DE ALTA, MODIFICACIÓN O BAJA DE REPRESENTANTES LEGALES DE LOS COLEGIOS PROFESIONALES Y JUNTAS DE DECANOS DE LOS COLEGIOS PROFESIONALES

Lima, 2 de octubre de 2020

CONSIDERANDO:

Que el numeral 2.13 del anexo Nº 2 de la Resolución de Superintendencia Nº 210-2004/SUNAT, que aprueba las disposiciones reglamentarias del Decreto Legislativo Nº 943 que aprobó la Ley del Registro Único de Contribuyentes, al establecer los requisitos específicos para la comunicación de alta, modificación o baja de representantes legales, señala que los representantes de los sujetos inscritos en los Registros Públicos deben cumplir con la exhibición del original y la presentación de la fotocopia simple de determinados documentos emitidos por los Registros Públicos, donde conste el nombramiento, renuncia, revocación o sustitución de los representantes y sus facultades de representación; en tanto que los otros sujetos deben cumplir con la exhibición del original y la presentación de la fotocopia simple del documento que acredite el nombramiento, renuncia, revocación o sustitución, según el tipo de contribuyente inscrito en el RUC;

Que posteriormente, considerando lo establecido en los artículos 3 y 4 del Decreto Legislativo Nº 1246, Decreto Legislativo que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa, en el sentido de no exigir a los administrados o usuarios la información que las entidades de la administración pública puedan obtener directamente mediante la interoperabilidad, se indica en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la SUNAT, aprobado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 412-2017-EF que, para la comunicación de alta, modificación y baja de representantes legales de sujetos inscritos en los Registros Públicos, no se requiere documentación adicional expedida por dichos registros;

Que, de otro lado, los artículos 2 y 3 del Decreto Supremo Nº 012-2018-JUS señalan que la inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de los colegios profesionales y de las juntas de decanos de...

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