RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 227-2020-MINAGRI, PODER EJECUTIVO, AGRICULTURA - Disponen suspensión del plazo establecido en el artículo 1 de la R.M. N° 0018- 2020-MINAGRI, respecto a adjudicación de tierras eriazas del Proyecto Especial Jequetepeque - Zaña, plazo que se reiniciará una vez que se levante la medida de aislamiento social obligatorio (cuarentena) en la provincia de Chepén, departamento de La Libertad-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 227-2020-MINAGRI

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 2 de Octubre de 2020

Disponen suspensión del plazo establecido en el artículo 1 de la R.M. N° 0018- 2020-MINAGRI, respecto a adjudicación de tierras eriazas del Proyecto Especial Jequetepeque - Zaña, plazo que se reiniciará una vez que se levante la medida de aislamiento social obligatorio (cuarentena) en la provincia de Chepén, departamento de La Libertad

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 227-2020-MINAGRI

Lima, 28 septiembre de 2020

VISTOS:

El Oficio N° 457-2020-MINAGRI-PEJEZA-DE, del Director Ejecutivo del Proyecto Especial Jequetepeque Zaña - PEJEZA, sobre ampliación del plazo establecido en la Resolución Ministerial Nº 0018-2020-MINAGRI; y el Informe Legal N° 1056-2020- MINAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial 0018-2020-MINAGRI, publicada el 18 de enero de 2020, se establece que dentro del plazo de nueve (9) meses, contado a partir del día siguiente de su publicación, las personas comprendidas en los padrones aprobados mediante las Resoluciones Directorales N°102-89-INADE-8101 y N°142-89-INADE-8101 de fechas 24 de agosto y 27 de noviembre de 1989, respectivamente, podrán presentar a la Dirección Ejecutiva de PEJEZA, su solicitud de acogimiento a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 013-2018-MINAGRI, consignando la información contenida en el formato que como Anexo1 forma parte de la citada Resolución Ministerial N° 0018-2020-MINAGRI;

Que, con el Oficio de Vistos, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Jequetepeque Zaña – PEJEZA, solicita la ampliación del referido plazo, debido a que el Estado de Emergencia Nacional con aislamiento social obligatorio (cuarentena) impide que los administrados puedan ejercer el derecho de presentar sus solicitudes de acogimiento a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 013-2018-MINAGRI; teniendo en cuenta además, que gran parte de quienes están comprendidos en los alcances de la Resolución Ministerial Nº 018-2020-MINAGRI, domicilian en la provincia de Chepén, que continúa con restricciones debido a la Inmovilización Social Obligatoria focalizada decretada hasta el 30 de setiembre de 2020;

Que, mediante Decreto Supremo N° 146-2020-PCM, se ha prorrogado hasta el 30 de setiembre de 2020 el Estado de Emergencia Nacional declarado inicialmente mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19;

Que, el...

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