RESOLUCION, Nº 1080-R-UNICA-2020, ORGANOS AUTONOMOS, INSTITUCIONES EDUCATIVAS - Autorizan Transferencia Financiera de recursos de la Universidad Nacional San Luis Gonzaga a favor de la Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785-RESOLUCION-Nº 1080-R-UNICA-2020

EmisorOrganos Autonomos
Fecha de la disposición19 de Septiembre de 2020

Autorizan Transferencia Financiera de recursos de la Universidad Nacional San Luis Gonzaga a favor de la Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785

UNIVERSIDAD NACIONAL “SAN LUIS GONZAGA”

RESOLUCIÓN RECTORAL

Nº 1080-R-UNICA-2020

Ica, 7 de setiembre del 2020

VISTO:

El Oficio Nº 307-2020-OGA-UNICA, de fecha 7 de setiembre del 2020 de la Dirección General de Administración, quien solicita la autorización de Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República.

CONSIDERANDO:

Que, la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga”, desarrolla sus actividades dentro de la autonomía de gobierno, académica, administrativa, normativa y económica, conforme lo establece el artículo 18 de la Constitución Política del Estado, en estricta concordancia con el artículo 8 de la Ley Universitaria Nº 30220;

Que, mediante Resolución Nº 046-CEU-UNICA-2017 de fecha 02 de Setiembre del 2017, el Comité Electoral Universitario de la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga”, proclamó al Dr. Anselmo Magallanes Carrillo como Rector de esta Casa Superior de Estudios, para el periodo comprendido entre el 02 de Setiembre del 2017 hasta el 01 de Setiembre del 2022;

Que, con Resolución Nº 023-2017/SUNEDU-02-15-02 del 05 de Octubre de 2017, la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU, a través de la Unidad de Registro de Grados y Títulos, procedió a la Inscripción de la firma del Dr. Anselmo Magallanes Carrillo en calidad de Rector de la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga”, para el Registro de Firma de Autoridades Universitarias, instituciones y Escuelas de Educación Superior de la SUNEDU; para el periodo comprendido del 02 de Setiembre de 2017 al 01 de Setiembre de 2020, evidenciando el error en la fecha del año de culminación del mandato (01 de setiembre 2020), donde la SUNEDU de oficio la rectifica, mediante Resolución Nº 027-2017/SUNEDU-02-15-02 debiendo decir: 01 de setiembre del 2022;

Que, con Decreto de...

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