ORDENANZA, Nº 432-2020-MDA, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE ANCON - Aprueban la suspensión del código de predio de contribuyentes tributarios en el distrito-ORDENANZA-Nº 432-2020-MDA

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición16 de Septiembre de 2020

Aprueban la suspensión del código de predio de contribuyentes tributarios en el distrito

ORDENANZA Nº 432-2020-MDA

Ancón, 28 de agosto del 2020

VISTO:

El Informe Nº 164-2020-GATYR/MDA de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas que presenta el Proyecto de “Ordenanza que aprueba la suspensión del código de predio de contribuyentes tributarios en el distrito de Ancón”, y el Informe Nº 247-2020-GAJ/MDA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 191º de la Constitución Política vigente;

Que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 14º del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, que aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, los contribuyentes están obligados a presentar Declaración Jurada, cuando se efectúe cualquier transferencia de dominio de un predio, la misma que debe presentarse hasta el último día hábil del mes siguiente de producidos los hechos;

Que, según lo dispone el artículo 88º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, la declaración tributaria es la manifestación de hechos comunicados a la Administración Tributaria en la forma establecida por Ley, Reglamento, Resolución de Superintendencia o norma de rango similar, la cual podrá constituir la base para la determinación de la obligación tributaria;

Que, el artículo 62º del Código Tributario establece que la determinación de la obligación tributaria se inicia por acto o declaración del deudor o por la Administración como resultado de un proceso de verificación o fiscalización o denuncia de terceros;

Que, el numeral 1 del artículo 87º del citado Código, establece como obligación de los administrados el inscribirse en los registros de la Administración Tributaria, aportando todos los datos necesarios y actualizando los mismos en la forma y dentro de los plazos establecidos;

Que, a través de los Informes de Vistos, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas informa que se ha detectado contribuyentes que han transferido sus inmuebles pero no se han acercado a realizar el...

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