DECRETO SUPREMO, N° 017-2020-PRODUCE, PODER EJECUTIVO, PRODUCE - Decreto Supremo que aprueba la prestación de servicios brindados en exclusividad por el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), vinculados a la exportación de recursos y productos hidrobiológicos, y piensos de uso en acuicultura-DECRETO SUPREMO-N° 017-2020-PRODUCE

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición16 de Septiembre de 2020

Decreto Supremo que aprueba la prestación de servicios brindados en exclusividad por el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES) vinculados a la exportación de recursos y productos hidrobiológicos, y piensos de uso en acuicultura

DECRETO SUPREMO

Nº 017-2020-PRODUCE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, en sus artículos 66 a 68, establece que los recursos naturales son patrimonio de la Nación, correspondiendo al Estado promover su uso sostenible y la conservación de la diversidad biológica. Al respecto, la Ley N° 26821, Ley Orgánica para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, en su artículo 6, señala que la soberanía del Estado para el aprovechamiento de los recursos naturales se traduce en la competencia que tiene para legislar y ejercer funciones ejecutivas y jurisdiccionales sobre ellos;

Que, el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, en sus artículos 3 y 4 prevé que dicho Ministerio es competente, entre otros, en pesquería y acuicultura, y que el Sector Producción comprende al Ministerio de la Producción, a las entidades, Comisiones y Proyectos bajo su jurisdicción, y a aquellas organizaciones públicas del nivel nacional y otros niveles de gobierno que realizan actividades vinculadas a su ámbito de competencia;

Que, la Ley Nº 30063, Ley de Creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), en su artículo 1 establece que tiene por objeto desarrollar el SANIPES y garantizar la inocuidad en toda la cadena productiva de los productos pesqueros, acuícolas y de piensos de origen hidrobiológico, mediante la certificación respectiva, fortaleciendo la autoridad sanitaria pesquera, elevándola a niveles de competitividad técnica y científica, con el propósito de proteger la vida y la salud pública;

Que, la misma Ley, en su artículo 3 señala que el SANIPES tiene competencia para normar y fiscalizar los servicios de sanidad e inocuidad pesquera, acuícola y de piensos e ingredientes de piensos de origen hidrobiológico y con destino a especies hidrobiológicas, en el ámbito nacional, así como aquellos servicios complementarios y vinculados que brinden los agentes públicos o privados relacionados con el sector de la pesca y acuicultura, enmarcados en las medidas y normas sanitarias y fitosanitarias internacionales;

Que, el vigente Reglamento de la Ley de Creación del SANIPES, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2019-PRODUCE, si bien deroga el anterior Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-PRODUCE, en su Única Disposición Complementaria Derogatoria prevé que los artículos 20, 21, 22, 23, 24 y 26 del Reglamento derogado, correspondientes al Registro Sanitario, Certificación Oficial Sanitaria, Condición para la Certificación, Certificación Oficial Sanitaria para la Importación y Exportación, Certificación Oficial Sanitaria para la Comercialización Interna y Documentos Habilitantes, respectivamente, aún están vigentes;

Que, como resultado del proceso de mejora del marco normativo y del sinceramiento de servicios exclusivos que ofrece el SANIPES, los cuales no están sujetos al análisis de calidad regulatoria, resulta necesario establecer los servicios vinculados a la exportación de recursos y productos hidrobiológicos, y de los piensos de uso en acuicultura, así como sus requisitos y condiciones, en el marco de lo previsto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y modificatoria; la Ley Nº 30063, Ley de Creación del Organismo Nacional de Sanidad...

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