RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 726-2020/MINSA, PODER EJECUTIVO, SALUD - Conforman la “Comisión Técnica Médica”, dependiente del Ministerio de Salud, con el objeto de proponer, previa coordinación con el Instituto Nacional de Rehabilitación, normas para la evaluación y calificación del grado de invalidez de los trabajadores asegurados-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 726-2020/MINSA

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición10 de Septiembre de 2020

Conforman la “Comisión Técnica Médica”, dependiente del Ministerio de Salud, con el objeto de proponer, previa coordinación con el Instituto Nacional de Rehabilitación, normas para la evaluación y calificación del grado de invalidez de los trabajadores asegurados

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 726-2020/MINSA

Lima, 10 de setiembre del 2020

Visto; el Expediente Nº 20-53306-001, que contiene el Informe Nº 031-2020-CSO- DENOT- DGIESP/MINSA, de la Dirección de Prevención y Control de Enfermedades No Transmisibles, Raras y Huérfanas de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública y el Informe Nº 121-2020-OOM-OGPPM/MINSA, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y,

CONSIDERANDO:

Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público; por lo tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que, el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece en su artículo 4 que, el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva;

Que, el literal b) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1504, establece que es función rectora del Ministerio de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;

Que, de conformidad con el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y modificatorias, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas de Salud Pública, es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, es competente entre otros, para dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas de salud pública en materia de Prevención y Control de Enfermedades No Transmisibles, Raras y Huérfanas;

Que, la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, dispuso en su artículo 19, la creación del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, el cual es concebido para otorgar cobertura adicional a los afiliados regulares del Seguro Social de Salud que desempeñan las actividades de alto riesgo determinadas mediante Decreto Supremo o norma con rango de ley. Dicho seguro es obligatorio y por cuenta de la entidad empleadora, cubriendo de acuerdo al literal b) de dicho artículo, el otorgamiento de pensiones de invalidez temporal o permanente y de...

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