RESOLUCION, Nº 0055-2020-APN-DIR, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL - Aprueban el proyecto de norma técnica operativa para la prestación del servicio portuario básico de abastecimiento de combustible en la zona portuaria-RESOLUCION-Nº 0055-2020-APN-DIR
Emisor | Organismos Tecnicos Especializados |
Fecha de la disposición | 4 de Septiembre de 2020 |
Aprueban el proyecto de norma técnica operativa para la prestación del servicio portuario básico de abastecimiento de combustible en la zona portuaria
RESOLUCIÓN DE ACUERDO DE DIRECTORIO
Nº 0055-2020-APN-DIR
Callao, 4 de septiembre de 2020
VISTO:
El Informe Técnico Legal No. 0066-2020-APN-UAJ-DOMA, de fecha 28 de agosto de 2020, mediante el cual se considera técnica y legalmente viable la aprobación de la norma técnica operativa para la prestación del servicio portuario básico de abastecimiento de combustible en la zona portuaria, recomendando su publicación; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1 de la Ley No. 27943 – Ley del Sistema Portuario Nacional (LSPN), establece que la referida Ley regula las actividades y servicios en los terminales, infraestructuras e instalaciones portuarias ubicados en los puertos marítimos, fluviales y lacustres, tanto los de iniciativa, gestión y prestación pública, como privados, y todo lo que atañe y conforma el Sistema Portuario Nacional (SPN);
Que, el artículo 19 de la LSPN crea la Autoridad Portuaria Nacional (APN), como un Organismo Público Descentralizado (actualmente, Organismo Técnico Especializado, de conformidad con el Decreto Supremo No. 058-2011-PCM y la Ley No. 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo), encargado del Sistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dependiente del Ministro, con personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio, y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica, financiera y facultad normativa por delegación del Ministro de Transportes y Comunicaciones;
Que, el artículo 3 de la LPSN establece como lineamientos de política portuaria nacional, entre otros, (i) el fomento y planeamiento de la competitividad de los servicios portuarios y la promoción del comercio nacional, regional e internacional; (ii) la promoción de la competitividad internacional del sistema portuario nacional y (iii) el fomento de las actividades para dar valor agregado a los servicios que se prestan en los puertos;
Que, de conformidad con el literal j) del artículo 24 de la LSPN, la APN cuenta con atribuciones para establecer las normas técnicas – operativas relacionadas al...
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