ORDENANZA, Nº 547-2020-MDB, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE BARRANCO - Modifican la Ordenanza N° 479-MDB que estableció horarios de carga y descarga de mercaderías que realicen los proveedores de actividades económicas-ORDENANZA-Nº 547-2020-MDB

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición30 de Julio de 2020

Modifican la Ordenanza N° 479-MDB, que estableció horarios de carga y descarga de mercaderías que realicen los proveedores de actividades económicas

ORDENANZA Nº 547-2020-MDB

Barranco, 30 de julio del 2020

ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº479-MDB DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO, QUE ESTABLECIÓ HORARIOS DE CARGA Y DESCARGA DE MERCADERÍA QUE REALICEN PROVEEDORES DE ACTIVIDADES COMERCIALES

POR CUANTO:

El Concejo Municipal Distrital de Barranco, en Sesión Ordinaria de la fecha;

VISTOS:

El Informe Nº 170-2020- GAJ-MDB de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 032-2020-GDE-MDB de la Gerencia de Desarrollo Económico, el informe Nº 102-2020-SGC-GDE-MDB de la Subgerencia de Comercialización y el Dictamen Conjunto Nº 008-2020-CDEyCOAJ de las Comisiones de Regidores de Desarrollo Económico y Asuntos Jurídicos;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, los artículos II y VIII del Título Preliminar de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, reconocida por la Constitución Política del Perú, pudiendo las municipalidades ejercer actos de gobiernos administrativo y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 83ª de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es función de las municipalidades, en materia de abastecimiento y comercialización de productos y servicios, controlar el cumplimiento de las normas de higiene y ordenamiento del acopio, distribución, almacenamiento y comercialización de alimentos y bebidas, a nivel distrital, en concordancia con las normas provinciales;

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