RESOLUCION, N° 028-2020-MINEM/SG, PODER EJECUTIVO, ENERGIA Y MINAS - Aprueban el “Procedimiento para celebrar convenios para la prestación del Servicio Integral de Instalación Interna y otros Servicios en el marco de los Programas de Promoción de Suministros de Gas Natural a ejecutarse con Recursos del FISE”-RESOLUCION-N° 028-2020-MINEM/SG

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición31 de Julio de 2020

Aprueban el “Procedimiento para celebrar convenios para la prestación del Servicio Integral de Instalación Interna y otros Servicios en el marco de los Programas de Promoción de Suministros de Gas Natural a ejecutarse con Recursos del FISE”

RESOLUCIÓN SECRETARIAL

N° 028-2020-MINEM/SG

Lima, 31 de julio de 2020

VISTOS:

El Informe Técnico Legal N° 0086-2020/MINEM-SG-FISE, ampliado a través del Informe Técnico Legal N° 091-2020/MINEM-SG-FISE de la Unidad de Apoyo a la Administración del Fondo de Inclusión Social Energético (FISE); y el Informe N° 352-2020-MINEM/OGAJ, ampliado con el Informe N° 385-2020-MINEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1 de la Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, Ley Nº 29852 (en adelante, Ley FISE), establece que dicho Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos permitirá dotar de infraestructura requerida para brindar seguridad al sistema energético;

Que, por su parte, el artículo 3 de la Ley FISE crea el Fondo de Inclusión Social Energético (en adelante, FISE), como un sistema de compensación energética, que permita brindar seguridad al sistema, así como de un esquema de compensación social y mecanismos de acceso universal a la energía;

Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la referida Ley, señala que el FISE se destinará, entre otros fines, a la masificación del uso del gas natural mediante el financiamiento parcial o total de las conexiones de consumidores regulados, sistemas o medios de distribución o transporte, y conversiones vehiculares, todo, de acuerdo con el Plan de Acceso Universal a la Energía, aprobado por el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM);

Que, el Reglamento de la Ley Nº 29852, que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2012-EM (en adelante, Reglamento FISE), en su numeral 10.1 del artículo 10, señala que el FISE destinará los fondos necesarios para la masificación del uso residencial y vehicular del Gas Natural y a la promoción de nuevos suministros a que se refieren el numeral 5.1 del artículo 5 y el numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley FISE;

Que, mediante el numeral 10.5 del artículo 10 del Reglamento FISE se establece que los fondos del FISE podrán ser utilizados para cubrir, individual o conjuntamente, una parte o la totalidad del Derecho de Conexión, la Acometida y el Servicio Integral de Instalación Interna; siendo que para el caso del Servicio Integral de Instalación Interna, el Administrador suscribirá convenios con las Empresas Instaladoras inscritas en el Registro de Osinergmin o con los Concesionarios de Distribución de Gas Natural cuando corresponda;

Que, los numerales 18.1 y 18.2 del artículo 18 del Reglamento FISE señalan que el MINEM establece la cartera de proyectos del programa anual de promociones a ejecutarse con recursos del FISE, considerando su disponibilidad financiera, y que como entidad decisora y promotora de los proyectos a financiarse con el FISE, es el responsable que el diseño y/o la ejecución de los proyectos consideren mecanismos competitivos para su aprovisionamiento que garanticen su eficiencia;

Que, mediante la Resoluciones Ministeriales N° 262-2016-MEM/DM, N° 549-2016-MEM/DM, N° 021-2018-MEM/DM, N° 033-2019-MEM/DM y N° 007-2020-MINEM/DM, el MINEM aprobó los Programas Anuales de Promociones 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020, respectivamente, estableciendo como proyecto a financiarse con recursos del FISE los Programas de Promoción de Nuevos Suministros Residenciales de Gas Natural en Lima, Callao e Ica (Programa BonoGas), entre otros;

Que, en el marco de los criterios previstos en los referidos Programas Anuales de Promociones y de las facultades temporales previstas en el Única Disposición Transitoria de la Ley N° 29852, Osinergmin mediante Resolución de Consejo Directivo N° 198-2016-OS/CD aprobó el Procedimiento para celebrar convenios para la prestación del Servicio Integral de Instalación Interna en el marco del Programa de Promoción de Nuevos Suministros Residenciales de Gas Natural a ejecutarse con recursos del FISE, cuya finalidad es establecer los requisitos y trámites que deben cumplir las Empresas Instaladoras inscritas en el Registro de Instaladores de Gas Natural o los Concesionarios para la suscripción de convenios con el Administrador FISE, a efectos de realizar la prestación del Servicio Integral de Instalación Interna en el marco del Programa Anual de Promociones que apruebe el MINEM y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 10.5 del artículo 10 del Reglamento del FISE;

Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y modificatorias, se declaró el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, disponiendo el aislamiento social obligatorio (cuarentena) y limitaciones al ejercicio del derecho a la libertad de tránsito de las personas y, consecuentemente, se aplicaron restricciones para la operación de diversas actividades productivas y económicas;

Que, en ese sentido, las actividades a cargo de las empresas instaladoras y de los concesionarios que suscribieron convenios con el Administrador del FISE, se vieron suspendidas por la declaratoria del Estado de Emergencia Nacional;

Que, mediante Decreto Supremo N° 080-2020-PCM se aprueba la “Reanudación de Actividades” la cual consta de cuatro (04) fases para su implementación, la primera de las cuales – la Fase 1 – se inicia en el mes de mayo de 2020, y sus actividades se encuentran detalladas en el Anexo de dicha norma, el cual comprende, entre otras actividades, las referidas a los proyectos en construcción de interés nacional e hidrocarburos; estableciendo que los sectores deben aprobar los “Criterios de focalización territorial y la obligatoriedad de informar incidencias”, los Protocolos Sanitarios Sectoriales y la fecha de inicio de las actividades de la Fase 1;

Que, a través de la Resolución Ministerial N° 129-2020-MINEM-DM, el MINEM aprobó los “Criterios de focalización territorial” a ser aplicados en la “Reanudación de Actividades” de proyectos en construcción de interés nacional e hidrocarburos, dispuso el inicio de la reanudación de las actividades y que las empresas deben cumplir con la presentación del Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID – 19 en el trabajo, como condición para poder iniciar sus actividades, lo cual es exigible para los concesionarios de distribución de gas natural y para las empresas instaladoras;

Que, es preciso señalar que, desde el 1 de mayo de 2020, el Administrador FISE no cuenta con convenios vigentes para la prestación del Servicio Integral de Instalación Interna a ejecutarse con recursos del FISE, toda vez que estos se vencieron el 30 de abril de 2020; por lo que, es necesario realizar una nueva convocatoria para celebrar convenios para la ejecución del Servicio Integral de Instalación Internas, entre otros servicios que se incluyan en el Programa Anual de Promociones;

Que, el procedimiento vigente para celebrar convenios para la prestación del Servicio Integral de Instalación Interna en el marco del Programa de Promoción de Nuevos Suministros Residenciales de Gas Natural a ejecutarse con recursos del FISE, fue aprobado por Osinergmin, en su calidad de Administrador temporal del FISE, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 198-2016-OS/CD; sin embargo, dado que desde el 1 de febrero de 2020 el MINEM ha retomado la administración del FISE, corresponde emitir un nuevo procedimiento que regule la suscripción de convenios entre el MINEM, en su calidad de Administrador FISE, y las empresas instaladoras y/o concesionarios a efectos de ejecutar la prestación del Servicio Integral de Instalación Interna y otros servicios;

Que, en el Informe Técnico Legal N° 0086-2020/MINEM-SG-FISE se justifica la necesidad de establecer un nuevo procedimiento que regule la participación de las empresas instaladoras y/o concesionarios en la prestación del Servicio Integral de Instalación y otros servicios conexos que el Administrador FISE determine en el marco del Programa Anual de Promociones, a fin de simplificar los requisitos que deben cumplir las empresas que brindan dichos servicios, así como establecer mecanismos que permitan garantizar la reactivación del programa de nuevos suministros residenciales de gas natural, y de los demás programas que sean considerados en el Programa Anual de Promociones, considerando las disposiciones normativas sobre el control y prevención del COVID-19;

Que, de acuerdo con el numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley FISE, el MINEM será el encargado de administrar el FISE, para lo cual queda facultado para aprobar los procedimientos necesarios para la correcta administración del Fondo;

Que, mediante el literal c) del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 022-2020-MINEM/DM, se delegó en el/la...

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