RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 141-2020-VIVIENDA, PODER EJECUTIVO, VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO - Autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A. destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional, en sus modalidades de aplicación: Construcción en Sitio Propio y Adquisición de Vivienda Nueva-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 141-2020-VIVIENDA

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición14 de Julio de 2020

Autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A. destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional, en sus modalidades de aplicación: Construcción en Sitio Propio y Adquisición de Vivienda Nueva

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 141-2020-VIVIENDA

Lima, 14 de julio de 2020

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), establece que el citado Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 416-2019-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 3 437 059 383,00 (TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020;

Que, el literal d), numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, autoriza de manera excepcional en el presente año fiscal la realización de Transferencias Financieras, entre otros, del MVCS para el Fondo MIVIVIENDA S.A. - FMV; las mismas que según el numeral 17.2 de dicho artículo se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego que será publicada en el diario oficial; disponiendo en el numeral 17.3 que la entidad pública que transfiere, con excepción del acápite v del literal ñ) del numeral 17.1 del citado artículo, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales transfirieron los recursos; indicando que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines...

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