ORDENANZA, N° 000286/MDSA, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA - Aprueban el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2020 del distrito de Santa Anita-ORDENANZA-N° 000286/MDSA

Fecha de disposición02 Julio 2020
Fecha de publicación02 Julio 2020
SecciónSección Única

Aprueban el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2020 del distrito de Santa Anita

ORDENANZA N° 000286/MDSA

Santa Anita, 25 de junio de 2020

El CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE SANTA ANITA

POR CUANTO:

VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha que se indica, el Informe N° 016 – 2020-GSCF-GM/ MDSA de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización, el Informe Nº 202-2020-GAJ-MDSA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 008-2020-MDSA/GM de la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme al artículo 1° e inciso 22) del artículo de la Constitución Política del Perú, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad, son el fin supremo de la sociedad y del Estado; y toda persona tiene derecho a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida;

Que, el funcionamiento de las entidades de los tres niveles de Gobierno en materia de seguridad ciudadana está regulado por la Ley Nº 27933Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, encargada de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en esta materia, destinadas a garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional;

Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, modificado por Decreto Legislativo Nº 1454, señala que la seguridad ciudadana es aquella acción integrada y articulada que desarrolla el Estado en sus tres niveles de gobierno, con la participación del sector privado, la sociedad civil organizada y la ciudadanía, destinada a asegurar la convivencia pacífica, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos; del mismo modo, contribuir a la prevención de la comisión de delitos y faltas;

Que, el Decreto Supremo N° 011-2014-IN Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana – Ley Nº 27933, ha establecido en los artículos 26°, 28°, 30° y 47° lo siguiente:

  1. Articulo 26°.- El Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) es una instancia...

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