RESOLUCION, N° 0165-2020-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Aprueban el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones-RESOLUCION-N° 0165-2020-JNE

Fecha de disposición19 Junio 2020
Fecha de publicación19 Junio 2020

Aprueban el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones

Resolución Nº 0165-2020-JNE

Lima, diez de junio de dos mil veinte

VISTOS el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución Nº 0077-2018-JNE, de fecha 7 de febrero de 2018, y la propuesta para su actualización, presentada por la Secretaría General.

CONSIDERANDOS

  1. El Jurado Nacional de Elecciones tiene, entre las competencias que le confiere el artículo 178 de la Constitución Política del Perú, la de velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones políticas y demás disposiciones referidas a materia electoral. Así también, el artículo 5, literal l, de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, le reconoce competencia para dictar las resoluciones y la reglamentación necesarias para su funcionamiento.

  2. Es así que, en ejercicio de sus funciones, este órgano colegiado aprobó el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, mediante la Resolución Nº 0077-2018-JNE, de fecha 7 de febrero de 2018, con el cual se implementó el uso de la casilla electrónica para la notificación de sus pronunciamientos, teniendo como usuarios obligados a los personeros legales de las organizaciones políticas y a los representantes legales de la encuestadoras; así también, se activó para notificar los pronunciamientos emitidos por los Jurados Electorales Especiales durante el desarrollo de los procesos electorales.

  3. Así, la casilla electrónica del Jurado Nacional de Elecciones se instauró, en 2018, como medio de notificación de los pronunciamientos en forma segura y célere, con el objetivo de optimizar el tiempo destinado a cada etapa de los procesos electorales.

  4. El contexto de transformación digital, enmarcado en el Decreto de Urgencia Nº 006-2020, publicado el 9 de enero de 2020, cuya finalidad es fomentar e impulsar la transformación digital de las entidades públicas, la empresa privada y la sociedad en su conjunto; y, de otro lado, las medidas de aislamiento obligatorio dictaminadas por el Gobierno Nacional, por el brote del COVID-19, conforme a lo dispuesto mediante el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, y las sucesivas prórrogas de sus efectos dictadas por los Decretos Supremos Nº 051-2020-PCM, Nº 064-2020-PCM, Nº 075-2020-PCM, Nº 083-2020-PCM y Nº 094-2020-PCM, publicados en el diario oficial El Peruano, con fechas 15 y 27 de marzo, 10 y 25 de abril, 10 y 23 de mayo de 2020, respectivamente, han motivado la revisión del citado reglamento con el propósito de actualizarlo, a fin de implementar medidas que integren la tecnología para facilitar la notificación de pronunciamientos y actos administrativos por medios virtuales.

  5. Tales medidas, como la generación no presencial de usuarios de la casilla electrónica y la obligatoriedad de su uso para los servicios del Jurado Nacional de Elecciones, de manera permanente y no solo en procesos electorales, tienen la finalidad de promover la celeridad, transparencia, eficiencia, economía de los recursos, la seguridad de las notificaciones y la seguridad sanitaria.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

Artículo Primero APROBAR el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, que consta de 19 artículos, 1 disposición final y 1 anexo, y que es parte integrante de la presente resolución.
Artículo Segundo DEJAR SIN EFECTO la Resolución Nº 0077-2018-JNE, de fecha 7 de febrero de 2018.
Artículo Tercero DISPONER la publicación de la presente resolución, y el reglamento que aprueba, en el diario oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TICONA POSTIGO

ARCE CÓRDOVA

CHANAMÉ ORBE

CHÁVARRY CORREA

RODRÍGUEZ VÉLEZ

Concha Moscoso

Secretaria General

REGLAMENTO SOBRE

LA CASILLA ELECTRÓNICA DEL

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES

ÍNDICE

TÍTULO I Artículos 1 a 4

MARCO NORMATIVO

Artículo 1 Objeto
Artículo 2 Alcance
Artículo 3 Base normativa
Artículo 4 Responsabilidades
TÍTULO II Artículos 5 y 6

ABREVIATURAS Y DEFINICIONES

Artículo 5 Abreviaturas
Artículo 6 Definiciones
TÍTULO III
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 7 a 19
Artículo 7 Finalidad de la Casilla Electrónica
Artículo 8 Garantía del debido funcionamiento
Artículo 9 Responsabilidad de la DRET
TÍTULO IV Artículos 10 a 19

DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

Artículo 10 Obligatoriedad y exclusividad de uso de la Casilla Electrónica
Artículo 11 Responsabilidad de los usuarios
Artículo 12 Efectos legales de la notificación
Artículo 13 Administración de la Casilla Electrónica
Artículo 14 Revisión diaria de la Casilla Electrónica
Artículo 15 Constancia de Notificación del pronunciamiento jurisdiccional o del acto administrativo
Artículo 16 Sujetos obligados al uso de la Casilla Electrónica
Articulo 17 Solicitud de apertura de una Casilla Electrónica
Artículo 18 Responsabilidad del manejo de la contraseña
Artículo 19 Acto de depósito del pronunciamiento jurisdiccional o del acto administrativo
DISPOSICIÓN FINAL Artículos 1 a 6

Única

ANEXO

Anexo.- Términos y Condiciones para el Uso y Activación de la Casilla Electrónica

REGLAMENTO SOBRE

LA CASILLA ELECTRÓNICA DEL

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES

TÍTULO I Artículos 1 a 4

MARCO NORMATIVO

Artículo 1 Objeto

El objeto del presente reglamento es contar con un documento técnico-normativo que establezca el procedimiento que regule las acciones que deben desarrollar el Jurado Nacional de Elecciones y los Jurados Electorales Especiales para notificar sus pronunciamientos o actos administrativos, a través del uso de las casillas electrónicas. Este reglamento será de aplicación a los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, así como a las peticiones que sean de competencia del Jurado Nacional de Elecciones.

Artículo 2 Alcance

El presente reglamento es de aplicación y cumplimiento obligatorio para todas las instancias del Jurado Nacional de Elecciones que cuenten con el Sistema de Casilla Electrónica, así como para el personal encargado de su implementación.

Artículo 3 Base normativa
  1. Constitución Política del Perú.

  2. Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, y sus modificatorias.

  3. Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado.

  4. Ley Nº 30229, Ley que adecúa el uso de las tecnologías de información y comunicaciones en el Sistema de Remates Judiciales y en los servicios de notificaciones de las resoluciones judiciales, y que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Código Procesal Civil, el Código Procesal Constitucional y la Ley Procesal del Trabajo.

  5. TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

  6. Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado por Resolución Nº 001-2016-JNE.

Artículo 4 Responsabilidades

Son responsables del cumplimiento del presente reglamento los secretarios de los Jurados Electorales Especiales, la Secretaría General y los órganos de línea del Jurado Nacional de Elecciones que efectúen notificaciones a través de la Casilla Electrónica, y la Dirección de Registros, Estadística y Desarrollo Tecnológico.

TÍTULO II Artículos 5 y 6

ABREVIATURAS Y DEFINICIONES

Artículo 5 Abre...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR