RESOLUCION, N° 0165-2020-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Aprueban el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones-RESOLUCION-N° 0165-2020-JNE
Fecha de disposición | 19 Junio 2020 |
Fecha de publicación | 19 Junio 2020 |
Aprueban el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones
Resolución Nº 0165-2020-JNE
Lima, diez de junio de dos mil veinte
VISTOS el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución Nº 0077-2018-JNE, de fecha 7 de febrero de 2018, y la propuesta para su actualización, presentada por la Secretaría General.
CONSIDERANDOS
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El Jurado Nacional de Elecciones tiene, entre las competencias que le confiere el artículo 178 de la Constitución Política del Perú, la de velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones políticas y demás disposiciones referidas a materia electoral. Así también, el artículo 5, literal l, de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, le reconoce competencia para dictar las resoluciones y la reglamentación necesarias para su funcionamiento.
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Es así que, en ejercicio de sus funciones, este órgano colegiado aprobó el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, mediante la Resolución Nº 0077-2018-JNE, de fecha 7 de febrero de 2018, con el cual se implementó el uso de la casilla electrónica para la notificación de sus pronunciamientos, teniendo como usuarios obligados a los personeros legales de las organizaciones políticas y a los representantes legales de la encuestadoras; así también, se activó para notificar los pronunciamientos emitidos por los Jurados Electorales Especiales durante el desarrollo de los procesos electorales.
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Así, la casilla electrónica del Jurado Nacional de Elecciones se instauró, en 2018, como medio de notificación de los pronunciamientos en forma segura y célere, con el objetivo de optimizar el tiempo destinado a cada etapa de los procesos electorales.
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El contexto de transformación digital, enmarcado en el Decreto de Urgencia Nº 006-2020, publicado el 9 de enero de 2020, cuya finalidad es fomentar e impulsar la transformación digital de las entidades públicas, la empresa privada y la sociedad en su conjunto; y, de otro lado, las medidas de aislamiento obligatorio dictaminadas por el Gobierno Nacional, por el brote del COVID-19, conforme a lo dispuesto mediante el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, y las sucesivas prórrogas de sus efectos dictadas por los Decretos Supremos Nº 051-2020-PCM, Nº 064-2020-PCM, Nº 075-2020-PCM, Nº 083-2020-PCM y Nº 094-2020-PCM, publicados en el diario oficial El Peruano, con fechas 15 y 27 de marzo, 10 y 25 de abril, 10 y 23 de mayo de 2020, respectivamente, han motivado la revisión del citado reglamento con el propósito de actualizarlo, a fin de implementar medidas que integren la tecnología para facilitar la notificación de pronunciamientos y actos administrativos por medios virtuales.
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Tales medidas, como la generación no presencial de usuarios de la casilla electrónica y la obligatoriedad de su uso para los servicios del Jurado Nacional de Elecciones, de manera permanente y no solo en procesos electorales, tienen la finalidad de promover la celeridad, transparencia, eficiencia, economía de los recursos, la seguridad de las notificaciones y la seguridad sanitaria.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TICONA POSTIGO
ARCE CÓRDOVA
CHANAMÉ ORBE
CHÁVARRY CORREA
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Concha Moscoso
Secretaria General
REGLAMENTO SOBRE
LA CASILLA ELECTRÓNICA DEL
JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
ÍNDICE
MARCO NORMATIVO
ABREVIATURAS Y DEFINICIONES
DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
Única
ANEXO
Anexo.- Términos y Condiciones para el Uso y Activación de la Casilla Electrónica
REGLAMENTO SOBRE
LA CASILLA ELECTRÓNICA DEL
JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
MARCO NORMATIVO
El objeto del presente reglamento es contar con un documento técnico-normativo que establezca el procedimiento que regule las acciones que deben desarrollar el Jurado Nacional de Elecciones y los Jurados Electorales Especiales para notificar sus pronunciamientos o actos administrativos, a través del uso de las casillas electrónicas. Este reglamento será de aplicación a los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, así como a las peticiones que sean de competencia del Jurado Nacional de Elecciones.
El presente reglamento es de aplicación y cumplimiento obligatorio para todas las instancias del Jurado Nacional de Elecciones que cuenten con el Sistema de Casilla Electrónica, así como para el personal encargado de su implementación.
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Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, y sus modificatorias.
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Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado.
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Ley Nº 30229, Ley que adecúa el uso de las tecnologías de información y comunicaciones en el Sistema de Remates Judiciales y en los servicios de notificaciones de las resoluciones judiciales, y que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Código Procesal Civil, el Código Procesal Constitucional y la Ley Procesal del Trabajo.
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TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
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Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado por Resolución Nº 001-2016-JNE.
Son responsables del cumplimiento del presente reglamento los secretarios de los Jurados Electorales Especiales, la Secretaría General y los órganos de línea del Jurado Nacional de Elecciones que efectúen notificaciones a través de la Casilla Electrónica, y la Dirección de Registros, Estadística y Desarrollo Tecnológico.
ABREVIATURAS Y DEFINICIONES
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