RESOLUCION MINISTERIAL, N° 0119-2020-MINAGRI, PODER EJECUTIVO, AGRICULTURA - Crean Grupo de Trabajo Sectorial, dependiente del MINAGRI, encargado de articular las acciones sectoriales y regionales vinculadas a la cadena de valor del café-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 0119-2020-MINAGRI

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición19 de Mayo de 2020

Crean Grupo de Trabajo Sectorial, dependiente del MINAGRI, encargado de articular las acciones sectoriales y regionales vinculadas a la cadena de valor del café

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 0119-2020-MINAGRI

Lima, 19 de mayo de 2020

VISTOS:

Los Oficios Nº 0351-2020-MINAGRI-DVDIAR/DGA-DIA y 0359-2020-MINAGRI-DVDIAR/DGA-DIA de la Dirección General Agrícola, sobre creación del Grupo de Trabajo Sectorial relacionado con la cadena de valor del café; y, el Informe Legal Nº 330-2020-MINAGRI-SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 997, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30048, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), establece que este Ministerio diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria, asumiendo la rectoría respecto a la Política Nacional Agraria, en el marco de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y demás leyes, y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno;

Que, conforme al artículo 6 de la referida Ley, el Ministerio de Agricultura y Riego, en el marco de sus competencias compartidas, ejerce la función de promover el desarrollo productivo y sostenible de los agentes agrarios de las zonas rurales, fomentando la inserción de los pequeños y medianos productores agrarios en la economía del país, en concordancia con los sectores y entidades que correspondan; así como promover la producción agraria nacional, la oferta agraria exportable y el acceso de los productos agrarios nacionales a nuevos mercados; y desarrolla y promueve la investigación, la extensión y la transferencia de tecnología;

Que, en tal contexto, la Política Nacional Agraria, aprobada por el Decreto Supremo Nº 002-2016-MINAGRI, constituye el principal instrumento de orientación estratégica de mediano y largo plazo en materia agraria, y define como objetivo general, lograr el incremento sostenido de los ingresos y medios de vida de los productores y productoras agrarios, priorizando la agricultura familiar, sobre la base de mayores capacidades y activos más productivos, y con un uso sostenible de los recursos agrarios en el marco de procesos de creciente inclusión social y económica de la población rural, contribuyendo a la seguridad alimentaria y nutricional, siendo uno de sus objetivos específicos, el incrementar la competitividad agraria y la inserción a los mercados, con énfasis en el pequeño productor agrario;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2019-MINAGRI, se aprueba el Plan Nacional de Acción del Café Peruano 2019-2030, en adelante el PNC-Café, que en el marco de sus objetivos estratégicos, tiene como objetivo general mejorar los niveles de competitividad y sostenibilidad social y ambiental de la cadena de valor del café; teniendo como objetivos específicos: i) Incrementar la productividad promedio del café a nivel nacional, ii) Mejorar la calidad del café peruano destinada al mercado de exportación, iii) Facilitar el acceso a los servicios financieros para la actividad productiva cafetalera, iv) Mejorar el posicionamiento y comercialización del café peruano, v) Mejorar los procesos de articulación del MINAGRI, Gobierno Regional y Gobierno Local en la inversión pública en la cadena cafetalera, y vi) Fortalecer la gobernanza e institucionalidad de la actividad cafetalera;

Que, el PNC-Café establece que su implementación se basa en un proceso de diálogo que requiere, entre otro, la participación activa de los diversos actores públicos del ámbito nacional, regional y local en cada uno de los espacios de coordinación, como es la coordinación intrasectorial, a realizarse entre todas las dependencias del Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI y organismos adscritos, con la finalidad de identificar acciones complementarias y/o transversales que se operativicen en el logro de los objetivos;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 105-2008-MINCETUR/DM, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 30 de...

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