DECRETO LEGISLATIVO, N° 1496, PODER EJECUTIVO, DECRETOS LEGISLATIVOS - Decreto Legislativo que establece disposiciones en materia de educación superior universitaria en el marco del estado de emergencia sanitaria a nivel nacional-DECRETO LEGISLATIVO-N° 1496
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 10 de Mayo de 2020 |
DECRETO LEGISLATIVO
Nº 1496
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
Que, a través del artículo 1 del Decreto Supremo N° 008-2020-SA se declara la Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas de prevención y control del COVID-19. En adelante, se aprobaron dispositivos disponiéndose el aislamiento social obligatorio (cuarentena), limitándose el ejercicio del derecho a la libertad de tránsito de las personas, así como estableciendo restricciones diversas para reducir los niveles de contagio del COVID-19 en los peruanos;
Que, a través del Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM se declara el estado de emergencia nacional por el plazo de quince (15) días calendario, y se dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, a fin de proteger eficientemente la vida y la salud de la población, reduciendo la posibilidad del incremento del número de afectados por el COVID-19, sin afectarse la prestación de servicios básicos, así como la salud y alimentación de la población;
Que, mediante Decreto Supremo N° 075-2020-PCM, se prorroga el Estado de Emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, ampliado temporalmente mediante los Decretos Supremos N° 051-2020-PCM y N° 064-2020-PCM; y precisado o modificado por los Decretos Supremos N° 045-2020-PCM, Nº 046-2020-PCM, N° 051-2020-PCM, N° 053-2020-PCM, N° 057-2020-PCM, N° 058-2020-PCM, N° 061-2020-PCM, N° 063-2020-PCM, N° 064-2020-PCM, N° 068-2020-PCM y N° 072-2020-PCM, por el término de catorce (14) días calendario, a partir del 27 de abril de 2020 hasta el 10 de mayo de 2020;
Que, a través del Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM se declara el estado de emergencia nacional por el plazo de quince (15) días calendario, y se dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, a fin de proteger eficientemente la vida y la salud de la población, reduciendo la posibilidad del incremento del número de afectados por el COVID-19, sin afectarse la prestación de servicios básicos, así como la salud y alimentación de la población;
El Congreso de la República, por Ley N° 31011, ha delegado en el Poder Ejecutivo, por el término de cuarenta y cinco días calendario, la facultad de legislar en diversas materias para la atención de la emergencia sanitaria producida por el COVID-19;
Que, mediante Decreto Supremo N° 075-2020-PCM, se prorroga el Estado de Emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, ampliado temporalmente mediante los Decretos Supremos N° 051-2020-PCM y N° 064-2020-PCM; y precisado o modificado por los Decretos Supremos N° 045-2020-PCM, Nº 046-2020-PCM, N° 051-2020-PCM, N° 053-2020-PCM, N° 057-2020-PCM, N° 058-2020-PCM, N° 061-2020-PCM, N° 063-2020-PCM, N° 064-2020-PCM, N° 068-2020-PCM y N° 072-2020-PCM, por el término de catorce (14) días calendario, a partir del 27 de abril de 2020 hasta el 10 de mayo de 2020;
Que, a través del numeral 6) del artículo 2 de la precitada ley, se ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia de educación, a fin de aprobar medidas orientadas a garantizar la continuidad y...
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