DECRETO DE ALCALDIA, N° 012-2020-MSB-A, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA - Suspenden, por el período que dure la Emergencia Sanitaria, los giros establecidos en el numeral A) del Artículo 15° de la Ordenanza N° 543-MSB, que regula el comercio ambulatorio en los espacios públicos del distrito-DECRETO DE ALCALDIA-N° 012-2020-MSB-A

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición 6 de Mayo de 2020

Suspenden, por el período que dure la Emergencia Sanitaria, los giros establecidos en el numeral A) del Artículo 15° de la Ordenanza N° 543-MSB, que regula el comercio ambulatorio en los espacios públicos del distrito

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 012 -2020-MSB-A

San Borja, 30 de abril de 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN

BORJA

VISTOS, el Informe Nº 127-2020-MSB-GM-GDUC-ULC de la Unidad de Licencias Comerciales de fecha 29 de abril de 2020, el Informe Nº 184-2020-MSB-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica de fecha 30 de abril de 2020, el Proveído N° 760-2020-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 30 de abril de 2020; y,

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 192º y 195º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, señala que regula sus actividades y/o servicios en materia de salud;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA se ha decretado el Estado de Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario, estableciéndose medidas para la prevención y control y de esa manera evitar la propagación del COVID-19, enfermedad infectocontagiosa que ha puesto en grave riesgo la salud y vida de la población; asimismo, mediante Decreto Supremo...

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