RESOLUCION, N° 045-2020-SUNARP/SN, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS - Disponen que los partes notariales conteniendo el acto constitutivo de Sociedades Anónimas, Sociedades Anónimas Cerradas, Sociedades Comerciales de Responsabilidad Limitada y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada a inscribirse en el Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y del Callao se expidan con firma digital y se tramiten exclusivamente a través del SID-SUNARP-RESOLUCION-N° 045-2020-SUNARP/SN

EmisorOrganismos Tecnicos Especializados
Fecha de la disposición27 de Abril de 2020

Disponen que los partes notariales conteniendo el acto constitutivo de Sociedades Anónimas, Sociedades Anónimas Cerradas, Sociedades Comerciales de Responsabilidad Limitada y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada a inscribirse en el Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y del Callao se expidan con firma digital y se tramiten exclusivamente a través del SID-SUNARP

RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS

N° 045-2020-SUNARP/SN

Lima, 27 de abril de 2020

VISTOS; el Informe Técnico N° 06-2020-SUNARP/DTR del 23 de abril de 2020, de la Dirección Técnica Registral; el Memorándum N° 344-2020-SUNARP/OGTI del 18 de abril de 2020, de la Oficina General de Tecnologías de la Información; el Memorándum N° 207-2020-SUNARP/OGAJ del 13 de marzo de 2020, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, es un Organismo Técnico Especializado del Sector Justicia y Derechos Humanos que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simplificación, integración y modernización de los Registros;

Que, con el Decreto Supremo Nº 019-2007-PCM, se establece el uso de la Ventanilla Única del Estado a través del Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas y se crea el Sistema Integrado de Servicios Públicos Virtuales (SISEV) el cual comprende el servicio de constitución de empresas en línea, que incluye tanto la inscripción en los Registros Públicos como la emisión del correspondiente Registro Único de Contribuyente (RUC);

Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2014-JUS se le encargó a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, la administración del Sistema de Constitución de Empresas en Línea, a nivel nacional, cuyo alcance comprende, como primera etapa, la constitución de las Micro y Pequeñas empresas, conforme a lo previsto en el Decreto Supremo N° 013-2013-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial;

Que, en ese contexto, mediante Resolución N° 234-2014-SUNARP/SN, se aprueba la Directiva N° 004-2014-SUNARP/SN, Directiva que regula la presentación electrónica del parte notarial con...

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