ORDENANZA, Nº 507-2020/MDSR, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA - Ordenanza que aprueba incentivos tributarios por pronto pago y amnistía durante el mes de febrero del Ejercicio 2020 y periodos anteriores-ORDENANZA-Nº 507-2020/MDSR

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición11 de Marzo de 2020

Santa Rosa, 28 de febrero de 2020

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE SANTA ROSA

VISTO:

En la Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha el Memorándum Nº 048 -2020-GM/MDSR de Gerencia Municipal, el Informe Nº 017 -2020-GAJ/MDSR y el Informe Nº 006 - 2020 - GAT/MDSR de la Gerencia de Administración Tributaria; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme establece los Artículos 74º, 194º y 195º de la Constitución Política del Perú y los Artículos y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, otorgándole potestad para administrar sus bienes y rentas, estableciendo que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las mismas que tienen el rango de Ley, conforme al Artículo 200º numeral 4 de la Constitución Política del Perú.

Que, la norma IV del título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, otorga a los Gobiernos Locales potestad para crear, modificar, y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, así como exonerar los mismos dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley. Asimismo, el Artículo 41º sobre condonación, precisa excepcionalmente, los Gobiernos Locales podrán condonar, con respecto de los tributos que administren. En caso de contribuciones y tasas, dicha condonación también podrá alcanzar el tributo;

Que, asimismo el Artículo 15º del TUO de la Ley de Tributación Municipal, establece que el Impuesto Predial podrá cancelarse de acuerdo a las siguientes alternativas: a) Al...

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