RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 074-2020-MINEM/DM, PODER EJECUTIVO, ENERGIA Y MINAS - Modifican la R.M. N° 263-2017-MEM/DM, mediante la cual se aprobó a Monte Azul Sur S.A.C. como empresa calificada para acceder al beneficio de recuperación anticipada del IGV, por el desarrollo del 'Proyecto Sistema Logístico para Combustible Arequipa'-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 074-2020-MINEM/DM

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición28 de Febrero de 2020

Lima, 28 de febrero de 2020

VISTOS: el Informe Técnico – Legal N° 008-2020-MEM/DGH-DPTC-DNH de la Dirección General de Hidrocarburos; y el Informe N° 106-2020-MEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 263-2017-MEM/DM, publicada en el Diario Oficial el Peruano el 21 de junio 2017, se aprobó a Monte Azul Logística S.A.C. (en adelante, Monte Azul o la administrada) como empresa calificada para acceder al beneficio de recuperación anticipada del IGV, por el desarrollo del proyecto de inversión privada denominado “Proyecto Sistema Logístico para Combustible Arequipa”, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973 y normas modificatorias, que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, y de acuerdo con el Contrato de Inversión suscrito con el Estado;

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1423, que perfecciona y simplifica los regímenes especiales de devolución del Impuesto General a las Ventas, vigente desde el 1 de diciembre de 2018, se modificaron diversos artículos del Decreto Legislativo N° 973, con el objeto de simplificar la regulación y demás aspectos referentes a la cobertura y acceso a los regímenes especiales de devolución del impuesto general a las ventas regulados, entre otras normas, en dicho decreto legislativo;

Que, la Segunda Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nº 276-2018-EF, señala que en el caso de solicitudes de suscripción de Adendas de Contrato de Inversión, así como de modificación de la lista de bienes de capital, bienes intermedios, servicios y contratos de construcción respecto de Proyectos u Obras que ya hubieran accedido a los regímenes regulados por el Decreto Legislativo Nº 973 y la Ley Nº 28754 con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1423, el procedimiento se continúa rigiendo por las normas vigentes con anterioridad a dicho Decreto Supremo;

Que, con fecha 31 de enero de 2019 Monte Azul Logística S.A.C. presentó ante PROINVERSIÓN una propuesta de Adenda de modificación del Contrato de Inversión en el marco del Decreto Legislativo N° 973 y normas modificatorias para efectos del proyecto de inversión privada denominado “Proyecto Sistema Logístico para Combustible Arequipa”;

Que, la mencionada Adenda implica modificaciones tales como: i) Variación de la fecha de término de ejecución del Cronograma de Inversiones, establecida inicialmente para el 31 de enero de 2019, a la nueva fecha para el 31 de mayo de 2021; ii) Incremento del monto de inversión de US$ 54 607 825 (Cincuenta y Cuatro Millones Seiscientos Siete Mil Ochocientos Veinticinco y 00/100 Dólares Americanos) a US$ 72 053 899 (Setenta y Dos Millones Cincuenta y Tres Mil Ochocientos Noventa y Nueve y 00/100 Dólares Americanos) y iii) Incorporación de una lista de bienes; así como...

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