RESOLUCION, Nº 671-2020, ORGANOS AUTONOMOS, SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES - Dejan sin efecto la Res. SBS N° 6124-2019 y autorizan al Banco Internacional del Perú - Interbank el cierre de la agencia ubicada en el distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima-RESOLUCION-Nº 671-2020

EmisorOrganos Autonomos
Fecha de la disposición11 de Febrero de 2020

Lima, 11 de febrero de 2020

LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA

VISTA:

La comunicación del Banco Internacional del Perú - Interbank recibida el 03.02.2020 mediante la cual solicita el cierre de una (01) agencia; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución SBS N° 2591-2019 y Resolución SBS N° 6124-2019 se autorizó al Banco Internacional del Perú - Interbank el cierre temporal de (01) agencia, entre el 09.06.2019 y el 31.03.2020;

Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la información pertinente que justifica el cierre de la referida agencia;

Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “D”, y;

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 1678-2018 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013;

RESUELVE:

Artículo Primero Dejar sin efecto la Resolución SBS N° 6124-2019 donde se autoriza al Banco Internacional del Perú – Interbank la ampliación de la suspensión...

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