ORDENANZA, N° 390-2020/ML, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE LURÍN - Ordenanza que establece beneficios tributarios por pronto pago, descuentos en arbitrios municipales y condonación de intereses moratorios en el distrito de Lurín-ORDENANZA-N° 390-2020/ML

EmisorMUNICIPALIDAD DE LURAN
Fecha de la disposición 6 de Febrero de 2020

Lurín, 6 de febrero de 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE LURIN

VISTOS:

En Sesión de Concejo Extraordinaria de la fecha, el Informe Nº 0409-2020-SGRR-GR/ML de fecha 22 de enero de 2020, emitido por la Sub Gerencia de Registro y Recaudación, el Memorándum Nº 166-2020-GR/ML de fecha 24 de enero de 2020, elaborado por la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 026-2020-GAJ/ML de fecha 28 de enero de 2020, a través del cual la Gerencia de Asesoría Jurídica emite su opinión legal favorable; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, de igual modo en el inciso 4. del artículo 195º de la Constitución Política del Perú, se expresa que los gobiernos locales son competentes para creer, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias municipales, conforme a ley;

Que, según el numeral 8 del artículo de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal, entre otros, aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Asimismo, el artículo 40º del mismo cuerpo normativo, precisa que las Ordenanzas son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión del servicio público y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, en su Título II, Capítulo I, establece que el Impuesto Predial, su definición, alcance, base imponible y metodología, son de cumplimiento obligatorio en el territorio de las municipalidades durante cada Ejercicio Fiscal;

Que, al respecto, cabe indicar que de acuerdo a la articulo X del Título Preliminar del Código Tributario...

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