DECRETO SUPREMO, N° 006-2020-MTC, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Decreto Supremo que modifican numeral 15.1 del artículo 15 y el artículo 17 del Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2010-MTC-DECRETO SUPREMO-N° 006-2020-MTC

Fecha de disposición06 Febrero 2020
Fecha de publicación06 Febrero 2020
SecciónSección Única

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo III del Título Preliminar de la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, establece que el Estado promueve el desarrollo de los servicios de radiodifusión, los mismos que tienen por finalidad satisfacer las necesidades de las personas en el campo de la información, el conocimiento, la cultura, la educación y el entretenimiento, en un marco de respeto de los deberes y derechos fundamentales, así como de promoción de los valores humanos y de la identidad nacional;

Que, el artículo 5 de la citada Ley señala que el Estado promueve el desarrollo de la radiodifusión digital; para tal fin, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones toma las medidas necesarias relativas al espectro radioeléctrico y adopta los estándares técnicos correspondientes, en función de las tendencias internacionales, la mayor eficiencia y el máximo beneficio para el país;

Que, mediante Resolución Suprema N° 019-2009-MTC, se adoptó el estándar ISDB-T como sistema de televisión digital terrestre para el Perú;

Que, a través del Decreto Supremo N° 017-2010-MTC se aprobó el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, en adelante el Plan Maestro, cuyo objeto es establecer las medidas y acciones necesarias para la transición de los servicios de radiodifusión por televisión con tecnología analógica, hacia la prestación de estos servicios utilizando tecnología digital, disponiéndose que a partir del año 2020 cesarán progresivamente las transmisiones del servicio de radiodifusión por televisión con tecnología analógica, de acuerdo al cronograma establecido; señalando en su Tercera Disposición Complementaria Final, que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emitirá las disposiciones complementarias que resulten necesarias para la mejor implementación del referido Plan;

Que, de acuerdo al “Estudio cuantitativo con el análisis cualitativo que permita contar con un diagnóstico del conocimiento de los hogares acerca de la televisión” del 2019, elaborado por Ipsos Apoyo Opinión y Mercado S.A., el 80% de la población del Territorio 01 (Lima y Callao) desconoce la Televisión Digital Terrestre; asimismo, de acuerdo al “Estudio Cuantitativo sobre Consumo Televisivo y Radial en Adultos” del 2019 presentado por el Consejo Consultivo de Radio y Televisión – CONCORTV, el 57% y 74.5% de la población de los...

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