DECRETO SUPREMO, N° 005-2020-TR, PODER EJECUTIVO, TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO - Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Obras de Construcción Civil - RENOCC-DECRETO SUPREMO-N° 005-2020-TR

EmisorTRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Fecha de la disposición19 de Enero de 2020

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú establece en el artículo 23 que el trabajo, en sus diversas modalidades, es objeto de atención prioritaria del Estado;

Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y sus modificatorias, establece que una de las competencias exclusivas del mencionado Ministerio es la de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materia de relaciones de trabajo;

Que, los literales a), b) y c) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1187, Decreto Legislativo que previene y sanciona la violencia en la actividad de construcción civil, establecen, entre otros, como fines de la norma prevenir la violencia y contrarrestar los delitos vinculados a la actividad de construcción civil; contribuir con la mejora de la seguridad ciudadana y el orden público en la citada actividad; y, promover mecanismos que aseguren la integridad física de los empleadores y trabajadores que intervienen en esta actividad;

Que, en ese contexto, mediante el numeral 8.1 del artículo 8 del citado decreto legislativo se crea el Registro Nacional de Obras de Construcción Civil - RENOCC, a cargo de la Autoridad Administrativa de Trabajo, en el cual deben inscribirse las obras de construcción civil cuyos costos individuales excedan las cincuenta (50) Unidades Impositivas Tributarias (UIT);

Que, de acuerdo con el segundo párrafo del numeral 8.3 del artículo 8 y la Segunda Disposición Complementaria Final del referido decreto legislativo, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprueba el reglamento del Registro Nacional de Obras de Construcción Civil - RENOCC, indicando su objeto, ámbito de aplicación, requisitos y procedimientos para la inscripción, y demás normas de aplicación;

Que, teniendo en cuenta el marco normativo anteriormente expuesto, es necesario emitir el decreto supremo que reglamente el Registro Nacional de Obras de Construcción Civil - RENOCC, estableciéndose el procedimiento administrativo de inscripción correspondiente;

De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y sus modificatorias; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y sus modificatorias; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial N° 308-2019-TR;

DECRETA:

Artículo 1 Objeto

Apruébase el Reglamento del Registro Nacional de Obras de Construcción Civil - RENOCC, que consta de tres (3) capítulos y doce (12) artículos, que forma parte integrante del presente decreto supremo.

Artículo 2 Normativa complementaria

En el marco de sus competencias, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprueba mediante resolución ministerial las normas complementarias que se requieran para la mejor aplicación del reglamento aprobado en el artículo 1.

Artículo 3 Publicación

Publícanse el presente decreto supremo y el reglamento aprobado en el artículo 1 en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 4 Refrendo

El presente decreto supremo es refrendado por la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo.

ÚNICA.- Aplicación de plazos para actualización

Las obras de construcción civil inscritas en el Registro Nacional de Obras de Construcción Civil - RENOCC conforme con el Decreto Supremo N° 008-2013-TR, se sujetan a los plazos de actualización establecidos en el reglamento aprobado por el presente decreto supremo.

PRIMERA.- Migración de las inscripciones efectuadas conforme con el Decreto Supremo N° 008-2013-TR

Las obras de construcción civil inscritas en el Registro Nacional de Obras de Construcción Civil - RENOCC conforme con el Decreto Supremo N° 008-2013-TR, que se encuentran en ejecución, conservan su inscripción.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo realiza un proceso de migración de información, por el cual asigna de oficio un nuevo número de registro único a la obra de construcción civil en el Registro...

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