RESOLUCION, Nº 0035-P.E.R.yVCR-CEUNP-2019, ORGANOS AUTONOMOS, INSTITUCIONES EDUCATIVAS - Declaran ganadores del proceso de elección de Rector y Vicerrectores de la Universidad Nacional de Piura-RESOLUCION-Nº 0035-P.E.R.yVCR-CEUNP-2019

EmisorINSTITUCIONES EDUCATIVAS
Fecha de la disposición11 de Enero de 2020

Declaran ganadores del proceso de elección de Rector y Vicerrectores de la Universidad Nacional de Piura

UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA

Comité Electoral

PROCESO DE ELECCIÓN DE

RECTOR Y VICERRECTORES

RESOLUCIÓN DEL COMITÉ ELECTORAL

Nº 0035-P.E.R.yVCR-CEUNP-2019

Piura, 16 de diciembre del 2019

VISTOS:

El ACTA GENERAL DE PROCLAMACIÓN DE RESULTADOS DEL PROCESO DE ELECCIÓN DE RECTOR Y VICERRECTORES, que contiene los resultados consolidados del sufragio realizado los días 10 y 12 de diciembre del 2019 en SEGUNDA VUELTA respectivamente

CONSIDERANDO:

Primero: Que, con fecha 09 de julio del año dos mil catorce se publica la Ley 30220 - Ley Universitaria, la misma que entra en vigencia al día siguiente de su publicación.

Segundo: Que, de conformidad con el último párrafo del artículo 18º de la Constitución Política del Estado reconoce y garantiza la autonomía universitaria en los siguientes términos: Cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y las Leyes

Tercero: Que, dicha autonomía se instituye constitucionalmente con la finalidad de salvaguardar las condiciones a partir de las cuales las entidades universitarias tienen que cumplir, de manera autodeterminada, con la función encomendada por la Constitución, y se proyecta con medidas concretas, siendo al mismo tiempo el presupuesto que estructura el funcionamiento de las universidades de conformidad con el artículo 8 de la Ley Nº 30220Ley Universitaria El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable.

Cuarto: Que, según Resolución de Comité Electoral Nº 02.CEUNP.2014 del 19 de noviembre del 2014, se DECLARAN como ganadores del proceso de elección de Rector y Vicerrectores Académicos y de Investigación de la Universidad Nacional de Piura, al Doctor CÉSAR AUGUSTO REYES PEÑA, Doctora YOJANI MARÍA ABAD SULLÓN y Doctor GERMÁN ALEJANDRO SÁNCHEZ MEDINA quienes ejercerán dichos cargo para el periodo comprendido entre el 18 de enero del 2015 al 17 de enero del 2020.

Quinto: Que, mediante Resolución Nº 0462-CU-2019 del 28 de agosto del 2019, se aprobó, el REGLAMENTO DE ELECCIONES DE RECTOR Y VICERRECTORES de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA, el mismo que fue publicado en el Portal Institucional (01 de setiembre 2019) así como en el Diario Oficial EL PERUANO (sábado 07 setiembre del 2019).

Sexto: Que, concluidos los sufragios del día 15 y 17 de octubre del 2019, los resultados dieron la más alta votación a los candidatos SANTOS LEANDRO MONTAÑO ROALCABA y SEGUNDO DIOSES ZÁRATE según detalle:

  1. SUFRAGIO DOCENTE

    1.1. Total mesas instaladas : 10

    1.2. Resultado del cómputo de la votación docente del 15 de octubre del 2019:

    LISTA CANDIDATO Nº VOTOS
    1 VENCEREMOS Dr. EDWIN OMAR VENCES MARTÍNEZ 34
    2 UNIVERSIDAD Y DESARROLLO Dr. SANTOS LEANDRO MONTAÑO ROALCABA 202
    3 TODOS NACIONAL Dr. EDDY WILLIAM GIVES MUJICA 5
    4 DIGNIDAD UNIVERSITARIA-UNP Dr. SEGUNDO DIOSES ZÁRATE 125
    5 TRASCENDENCIA UNIVERSITARIA Dr. SIGIFREDO ALBERTO BURNEO SÁNCHEZ 54
    6 POR LA RENOVACIÓN DE LA UNP Dr. LUCIO ALFONSO ARANA SÁNCHEZ 21
    7 UNIDAD COMPROMISO EFICIENCIA Dr. FEDERICO GUERRERO NEYRA 36
    VOTOS
    ...

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