RESOLUCION, Nº 1712-2019-GRLL/GOB, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD - Autorizan el castigo directo para las cuentas incobrables de la Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, respecto de la empresa AGROPROCESOS SALAVARRY S.A-RESOLUCION-Nº 1712-2019-GRLL/GOB

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD
Fecha de la disposición 7 de Junio de 2019

Trujillo, 7 de junio de 2019

VISTOS:

El Informe Técnico N° 005-2019-CTTNPS-GRLL/P-Sinceramiento Contable, Acta del acuerdo de reunión ordinaria de fecha 13 de Marzo del 2019 de la Comisión Técnica de Trabajo a Nivel de Pliego y Sede Central e Informe Técnico N° 005-2019-GR-LL-GRA/OEC-RACHR, y;

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Ejecutiva Regional N° 2006-2015-GRLL/GOB se nombra la Comisión Técnica de Trabajo a Nivel de Pliego y Sede Central, presidida por el Sub Gerente de Contabilidad, quien iniciará o concluirá con las acciones de Depuración, Regularización, Corrección de Error y Sinceramiento Contable de los saldos de las cuentas contables previamente determinadas; siendo de interés el Castigo y Depuración de los Registros Contables de los valores contenidos en expedientes de multa consignados en el anexo sobre Estimación de Cuentas de Cobranza Dudosa y Reclamaciones;

Que, mediante Ley N° 29608 Ley que aprueba la Cuenta General de la Republica del ejercicio fiscal 2009, aprobó las acciones de saneamiento de la información contable en el Sector Público, y las leyes de Presupuesto del Sector Público, así mismo por Resolución Directoral N° 004-2011-EF/51.01 se aprueba el proyecto de manual de procedimientos para las acciones de Saneamiento Contable de las entidades gubernamentales, así como también la Resolución Directoral N° 012-2011-EF/93.01 de fecha 8 de abril del 2011, se aprobó la Directiva N° 003-2011-EF/93.01 “Lineamientos Básicos para el proceso de Saneamiento Contable en el sector público y mediante Ley 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2014, en su Cuadragésima Novena Disposición Complementaria Final prorroga hasta el 31 de Diciembre del 2014, la vigencia del artículo 3 de la Ley N° 29608;

Que, por el Comunicado N° 002-2015-EF/51.01, la Dirección General de Contabilidad Pública, dispuso que a partir del periodo 2015, las entidades gubernamentales nombrarán una Comisión Técnica de Trabajo presidida por el Contador General de la entidad para que inicie o concluya las acciones de depuración, regularización, corrección de error y sinceramiento contable de los saldos de las cuentas contables previamente determinadas, teniendo como referencia, cuando corresponda, los lineamientos básicos para el proceso de saneamiento contable en el sector público emitidos para entidades gubernamentales; así como el marco de las disposiciones contenidas en la NICPS 03 “Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores”; así como las Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado y Empresas Estatales en el marco de las prescripciones establecidas en la NIC 08 “Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores”;

Que, “la NICSP 03 “Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores”, tiene como objetivo el tratamiento que se debe tener en cuenta para la adecuada aplicación del saneamiento contable; dicha norma explica el concepto de políticas contables, los cambios en las estimaciones contables y errores en cuenta...

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