SEPARATA ESPECIAL.Acuerdo Nº 084-2019 AC/MPC y Ordenanza Nº 010-2019-MDLP-AL.Ordenanza que aprueba el Marco Legal para la determnación y distribución de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, y Seguridad Ciudadana en el distrito de La Punta para el Ejercicio Fiscal 2020. -

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2019

Año de lA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD

MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE LA PUNTA

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 010-2019-MDLP-AL

Ordenanza que aprueba el Marco Legal para la determinación y distribución de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, y Seguridad Ciudadana en el distrito de La Punta para el Ejercicio Fiscal 2020

ACUERDO DE CONCEJO Nº 084-2019 AC/MPC

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

?

separata especial

Lunes 30 de diciembre de 2019

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

ACUERDO DE CONCEJO

Nº 084-2019 AC/MPC

Callao, 26 de diciembre de 2019

El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto el Dictamen Nº 0043-2019-MPC/CMPC-SR-COAD de la Comisión de Administración, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto UNANIME del Cuerpo de Regidores y en ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y su Reglamento de Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 40 señala que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia;

Que, Ley de Tributación Municipal, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo N°156-2004-EF, en su artículo 69° establece que las tasas por servicios públicos o arbitrios, se calcularán dentro del último trimestre de cada ejercicio fiscal anterior al de su aplicación, en función del costo efectivo del servicio a prestar y para la determinación de las obligaciones referidas en este párrafo deberán sujetarse a los criterios de racionalidad que permitan determinar el cobro exigido por el servicio prestado, basado en el costo que demanda el servicio y su mantenimiento, así como el beneficio individual prestado de manera real y/o potencial, debiendo utilizar de manera vinculada y dependiendo del servicio público involucrado, entre otros criterios que resulten válidos para la distribución: el uso, tamaño y ubicación del predio del contribuyente;

Que, asimismo, el referido artículo en su numeral 69-A precisa que las Ordenanzas que aprueban el monto de las tasas por arbitrios, explicando los costos efectivos que demanda el servicio según el número de contribuyentes de la localidad beneficiada, así como los criterios que justifiquen incrementos, de ser el caso, deberán ser publicadas a más tardar el 31 de diciembre del ejercicio fiscal anterior al de su aplicación.

Que, la Ordenanza Municipal Nº 019-2014 del 26 de agosto de 2014, aprueba el procedimiento de ratificación de ordenanzas distritales en el ámbito de la Provincia Constitucional del Callao, en el artículo 7 numeral 7.1 señala los requisitos aplicables a la ratificación de ordenanzas que aprueban arbitrios municipales, procedimiento regular;

Que, mediante el Oficio N° 155-2019-MDLP/SG y el Expediente N° 2019-01-0000138173, la Municipalidad Distrital de La Punta remite la Ordenanza N° 010-2019-MDLP-AL de fecha 25 de octubre del presente año a través de la cual se aprueba el marco legal para la determinación y distribución de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana en el Distrito de La Punta para el ejercicio fiscal 2020. Asimismo, remite la documentación que sustenta la solicitud de ratificación al amparo de lo dispuesto por el artículo 40° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, mediante el Informe N° 1266-2019-MPC-GGATR-GAT la Gerencia de Administración Tributaria indica que la Ordenanza de la Municipalidad Distrital de La Punta se encuentra dentro de los parámetros establecidos en la Ley N° 28611Ley General del Ambiente”, D.L. N° 1278 “Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos” y el D.S. N° 014-2017-MINAN “Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos”, Ley General N° 26842 “Ley General de Salud”, D.S. N° 012-2009-MINAN “Políticas Nacional del Ambiente”, D.S. N°0032013-Vivienda “Reglamento para la Gestión y Manejo de los Residuos de las Actividades de la Construcción y Demolición, Ley 29419 y el Decreto N° 005-2010-MINAN, Ordenanza Municipal N° 019-2011”. Asimismo, señala que ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ordenanza Municipal Nº 019-2014 del 26 de agosto de 2014 y su modificatoria Ordenanza Municipal N° 002-2016-MPC que aprueba el procedimiento de ratificación de ordenanzas distritales en el ámbito de la Provincia Constitucional del Callao;

Que, mediante Memorando N° 5497-2019-MPC/GGAJC de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, opina que resulta procedente ratificar la Ordenanza Municipal N° 010-2019-MDLP de fecha 25 de octubre de 2019 de la Municipalidad Distrital de La Punta, que aprueba el Marco Legal para la Determinación y Distribución de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana en el Distrito de La Punta para el ejercicio fiscal 2020, debiendo ser ratificado por el Concejo Municipal en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 8) del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Municipal Provincial del Callao;

ACUERDA:

  1. RATIFICAR la Ordenanza Municipal N° 010-2019-MDLP-AL de fecha 25 de octubre del presente año a través de la cual se aprueba el marco legal para la determinación y distribución de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana en el Distrito de La Punta para el ejercicio fiscal 2020.

  2. Remitir copia certificada del presente Acuerdo a la Municipalidad Distrital de La Punta para su publicación.

  3. Dispensar al presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta.

POR TANTO:

MANDO SE REGISTRE, COMUNIQUE Y CUMPLA

PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS

Alcalde

ORDENANZA N° 010-2019-MDLP-AL

La Punta, 25 de octubre de 2019

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA

POR CUANTO:

El Concejo Municipal del Distrito de La Punta en sesión Ordinaria de fecha 25 de octubre del 2019, con el voto aprobatorio de los regidores distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo, y;

VISTOS:

El Informe N° 087-2019-MDLP-GR emitido por la Gerencia de Rentas; el Proveído N° 2404-2019-MDLP/GM de la Gerencia Municipal; el Informe N° 303-2019-MDLP/OAJ emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 334-2019-MDLP/GM emitido por la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precepto constitucional con el que concuerda el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, según el artículo 74 de la Carta Magna, modificado por el Artículo Único de la Ley Nº 28390, con el que concuerda el Artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, las ordenanzas son normas de carácter general por medio de las cuales, tanto los Gobiernos Regionales como los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, conforme a Ley. Los numerales 8) y 9) del Artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que son atribuciones del Concejo Municipal, aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas; así como crear, modificar, suprimir o exonerar entre otros, los arbitrios, conforme a Ley;

Que, el artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades establece, asimismo, que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales, deberán ser ratificadas por la Municipalidad Provincial de su circunscripción para su vigencia;

Que, en este orden, cabe señalar que mediante Ordenanza Nº 019-2014, publicada el 10 de septiembre de 2014, y modificada por la Ordenanza Nº 002-2016, publicada el 30 de enero de 2016, la Municipalidad Provincial del Callao aprobó el Procedimiento de Ratificación de las Ordenanzas Distritales, estableciendo como plazo máximo de presentación -en el caso de arbitrios municipales- el último día hábil del mes de Octubre del ejercicio fiscal anterior al de su aplicación;

Que, el artículo 68 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que las municipalidades pueden imponer, entre otras tasas, las de arbitrios, entendiéndose como tales a aquellos que se paga por la prestación o mantenimiento de un servicio público individualizado en el contribuyente. El artículo 69 de la misma norma, prevé que el cálculo de los arbitrios se hará dentro del último trimestre de cada ejercicio fiscal anterior al de su

aplicación en función del costo efectivo del servicio a prestar; y que la determinación de las tasas por servicios públicos o arbitrios, deberá sujetarse a los criterios de racionalidad que permitan determinar el cobro exigido por el servicio prestado, basado en el costo que demanda el servicio y su mantenimiento, así como el beneficio individual prestado de manera real y/o potencial. Además, señala que para la distribución del costo entre los contribuyentes, se debe utilizar de manera vinculada y dependiendo del servicio público involucrado, entre otros, los criterios del uso, tamaño y ubicación del predio del contribuyente. Asimismo, en el artículo 69-A de la misma norma, se establece que el plazo máximo para la publicación de las ordenanzas que aprueben arbitrios, será el 31 de Diciembre del ejercicio anterior a su...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR