RESOLUCION DIRECTORAL.Nº 033-2019-EF/50.01.Aprueban la Directiva N° 009-2019-EF/50.01 "Directiva que establece los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Reconocimiento a la Ejecución de Inversiones".SEPARATA ESPECIAL Sábado 14 de diciembre de 2019 AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD Ministerio de Economía y Finanzas RECONOCIMIENTO A LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES Aprueban la Directiva N° 009-2019-EF/50.01 “Directiva que establece... -

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición14 de Diciembre de 2019

Año de lA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD

Ministerio de Economía y Finanzas

RECONOCIMIENTO A LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES

Resolución Directoral N° 033-2019-EF/50.01

Aprueban la Directiva N° 009-2019-EF/50.01 “Directiva que establece los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Reconocimiento a la Ejecución de Inversiones”

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separata especial

Sábado 14 de diciembre de 2019

Resolución Directoral

Nº 033-2019-EF/50.01

Lima, 11 de diciembre de 2019

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 011-2019, que establece medidas extraordinarias que contribuyan a la ejecución de inversiones a través del gasto público, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, durante el Año Fiscal 2020, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, para financiar la implementación de un incentivo presupuestario orientado a promover el incremento de la capacidad de ejecución de las inversiones de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, hasta por la suma de S/ 200 000 000,00 (DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

Que, el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 011-2019, señala que el referido incentivo presupuestario se otorga previa verificación del cumplimiento de los condicionantes de desempeño establecidos mediante Resolución Directoral de la Dirección General de Presupuesto Público, la misma que incluye procedimientos, criterios de asignación de recursos entre otras disposiciones necesarias para la implementación del referido incentivo;

Que, el numeral 66.1 del artículo 66 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que los incentivos presupuestarios comprenden el conjunto de herramientas de índole presupuestaria, orientadas a mejorar el desempeño institucional para una mayor eficiencia, efectividad, economía y calidad de los servicios públicos;

Que, asimismo, el inciso 2 del numeral 67.2 del artículo 67 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que los créditos presupuestarios de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios consignados para herramientas de incentivos presupuestarios a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas y asignadas a dicho pliego, pueden ser objeto de modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor de otros pliegos, previo cumplimiento de condicionantes de desempeño vinculados a resultados prioritarios, según los procedimientos y acuerdos definidos en las Directivas que para tal fin emita la Dirección General de Presupuesto Público;

Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos para la implementación del incentivo presupuestario a que hace referencia el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 011-2019;

En aplicación de lo señalado en el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 011-2019, y en uso de la facultad conferida en el artículo 67 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

SE RESUELVE:

Artículo 1

Aprobar la Directiva N° 009-2019-EF/50.01 “Directiva que establece los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Reconocimiento a la Ejecución de Inversiones”, incentivo presupuestario a que hace referencia el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 011-2019, aplicable a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que cumplan metas en materia de inversión pública, la cual forma parte integrante de la presente Resolución Directoral.

Artículo 2 Aprobar las metas que deben cumplir por los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales correspondientes al Reconocimiento a la Ejecución de Inversiones (REI), cuyo plazo máximo de cumplimiento es hasta el 31 de diciembre de 2019 y se encuentran señaladas en el Anexo de la presente Resolución Directoral

La rectoría del referido incentivo presupuestario está a cargo de la Dirección General de Presupuesto Público, y su implementación se realiza en coordinación con la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones.

Artículo 3

Las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que cumplan las metas establecidas en el Reconocimiento a la Ejecución de Inversiones (REI), se realizan hasta el mes de marzo del año 2020, con cargo a los recursos a los que hace referencia el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 011-2019, y conforme a lo establecido en el inciso 2 del numeral 67.2 del artículo 67 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

Artículo 4 La Resolución Directoral y su Anexo aprobado en el artículo 2, se publican en el Diario Oficial “El Peruano” y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación.
Artículo 5 La presente Resolución Directoral entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ZOILA CRISTINA LLEMPEN LÓPEZ

Directora General

Dirección General de Presupuesto Público

DIRECTIVA N° 009-2019-EF/50.01

PROCEDIMIENTOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE METAS Y LA ASIGNACIÓN DE LOS

RECURSOS DEL RECONOCIMIENTO A LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES

TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 10
Artículo 1 Finalidad

Establecer los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Reconocimiento a la Ejecución de Inversiones, conforme a lo dispuesto en el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 011-2019, que establece medidas extraordinarias que contribuyan a la ejecución de inversiones a través del gasto público.

Artículo 2 Objetivo

El Reconocimiento a la Ejecución de Inversiones (REI) es un incentivo presupuestario, diseñado en el marco del Presupuesto por Resultados (PpR) con el objetivo de promover el incremento de la capacidad de ejecución de inversiones de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales.

Artículo 3 Ámbito de aplicación

El REI es de aplicación a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales.

Artículo 4 De las metas y los procesos que se implementan en el marco del Reconocimiento a la Ejecución de Inversiones

4.1 El REI se desarrolla a través de tres procesos continuos: i) diseño de metas, ii) asistencia técnica para el cumplimiento de metas; iii) evaluación del cumplimiento de metas. La Dirección General de Presupuesto Público (DGPP) puede solicitar a la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones (DGPMI) información respecto a dichos procesos.

4.2 La DGPP aprueba las metas del REI en coordinación con la DGPMI, siendo responsabilidad de ambas Direcciones Generales participar en este proceso. Las metas son aprobadas mediante Resolución Directoral de la DGPP.

4.3 La asistencia técnica para el cumplimiento de metas requerida por los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, así como la evaluación del cumplimiento de las mismas, están a cargo de la DGPMI, para lo cual debe prever el financiamiento necesario.

TÍTULO II Artículos 5 a 10

PROCESO DE EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE METAS PARA LA

ASIGNACIÓN DE RECURSOS DEL RECONOCIMIENTO A LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES

Artículo 5 Proceso de evaluación del cumplimiento de metas

5.1 La evaluación del cumplimiento de las metas del año 2019, por cada Gobierno Regional y Gobierno Local, se realiza durante el año 2020, considerando los criterios establecidos en el Anexo de la Resolución Directoral que aprueba estos Procedimientos. Los resultados de esta evaluación deben ser remitidos a la DGPP, hasta el 7 de febrero del año 2020.

5.2 La DGPP consolida, aprueba y publica dichos resultados. La aprobación de estos resultados se realiza mediante Resolución Directoral, sobre la base de la información proporcionada por la DGPMI, como requisito para la transferencia de los recursos del REI.

5.3 Los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales pueden presentar a la DGPP observaciones a los resultados aprobados, en los plazos y mecanismos que dicha Dirección General establezca. Las observaciones son evaluadas por la DGPMI. Los resultados de la evaluación de observaciones son remitidos a la DGPP en formato Excel, en los plazos que esta Dirección General indique, en coordinación con la DGPMI, para la consolidación, aprobación y publicación de resultados complementarios que modifican los resultados correspondientes a la evaluación señalada en el numeral 5.1 del presente artículo. La aprobación de los resultados complementarios se realiza mediante Resolución Directoral de la DGPP.

La formulación de observaciones únicamente debe estar orientada a demostrar que el Gobierno Regional o Gobierno Local, según corresponda, cumplió la meta de acuerdo a los criterios establecidos en el Anexo de la Resolución Directoral que aprueba estos Procedimientos.

5.4...

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