RESOLUCION, Nº 046-2019-SUNASS-CD, ORGANISMOS REGULADORES, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO - Aprueban metas de gestión que deberá cumplir EPS EMUSAP ABANCAY S.A.C. en el quinquenio regulatorio 2019 - 2024 y establecen otras disposiciones-RESOLUCION-Nº 046-2019-SUNASS-CD
Emisor | SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO |
Fecha de la disposición | 5 de Diciembre de 2019 |
EXP.: 011-2019-SUNASS-GRT-FT
Lima, 5 de diciembre de 2019
VISTO:
El Memorándum Nº 127-2019-SUNASS-DRT mediante el cual la Dirección de Regulación Tarifaria presenta el estudio tarifario que sustenta la propuesta para el quinquenio regulatorio 2019-2024; de: i) la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicadas por EPS EMUSAP ABANCAY S.A.C.1 (en adelante, EMUSAP ABANCAY) y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán de aplicación por la referida empresa.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Gerencia de Regulación Tarifaria Nº 016-2019-SUNASS-GRT se inició de oficio el procedimiento de aprobación de: i) la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales, que serán aplicables para el quinquenio regulatorio 2019-2024.
Que, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Reglamento General de Tarifas2 se ha cumplido con: i) publicar en el diario oficial El Peruano el proyecto de resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales y ii) realizar la audiencia pública correspondiente el 27 de setiembre de 2019.
Que, la Dirección de Regulación Tarifaria ha evaluado los comentarios realizados al proyecto publicado y los expresados con ocasión de la audiencia pública, conforme se aprecia en el Anexo VI del estudio tarifario que sustenta la propuesta final de fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán aplicados por EMUSAP ABANCAY durante el quinquenio regulatorio 2019-2024.
Que, sobre la base del estudio tarifario, corresponde aprobar la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales de EMUSAP ABANCAY y disponer la constitución del fondo para financiar las inversiones ejecutadas con recursos internamente generados por la mencionada empresa.
Que, teniendo en cuenta lo dispuesto por el Reglamento de la Calidad del Agua para Consumo Humano3, se ha considerado en la fórmula tarifaria recursos para la actualización del plan de control de calidad, para la elaboración del programa de adecuación sanitaria e implementación de valores máximos admisibles.
Que, en concordancia con lo dispuesto por la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y considerando el efecto del cambio climático, se ha previsto en la fórmula tarifaria la generación de recursos que coadyuven al cumplimiento de la referida norma.
Que, teniendo en cuenta la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento4 y su reglamento5, se ha previsto en la fórmula tarifaria la generación de recursos que coadyuven a la implementación de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos.
Según lo dispuesto por el artículo 25 del Reglamento General de la SUNASS y con la conformidad de la Oficina de Asesoría Jurídica, la Dirección de Regulación Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesión del 28 de noviembre de 2019.
HA RESUELTO:
Disponer la creación de un fondo para financiar las inversiones con recursos internamente generados por la empresa prestadora; así como las reservas para: 1) elaboración y actualización del plan de gestión del riesgo de desastres y adaptación al cambio climático; 2) implementación de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos y 3) actualización del plan de control de calidad, elaboración del programa de adecuación sanitaria e implementación de los valores máximos admisibles.
Para constituir el fondo de inversiones y las reservas señaladas en el párrafo anterior, EPS EMUSAP ABANCAY S.A.C. deberá abrir las respectivas cuentas en el sistema bancario, así como depositar mensualmente durante los años del quinquenio regulatorio 2019-2024, los porcentajes de ingresos por la prestación de servicios de agua potable y alcantarillado y cargo fijo (sin considerar el impuesto general a las ventas ni el impuesto de promoción municipal) que se indican en el Anexo Nº 4 de la presente resolución.
Si se comprobara un uso distinto de los recursos o que no se hayan efectuado las transferencias correspondientes al fondo de inversiones o a las reservas antes señaladas, la SUNASS tomará las acciones correspondientes de conformidad al Reglamento General de Supervisión y Sanción de las EPS6, así como también comunicará este hecho al titular de las acciones representativas del capital social de EPS EMUSAP ABANCAY S.A.C. y a la Contraloría General de la República.
El estudio tarifario se publicará en el portal institucional de la SUNASS.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
IVÁN LUCICH LARRAURI
Presidente del Consejo Directivo
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SUSTENTO TÉCNICO DE LA FÓRMULA TARIFARIA, ESTRUCTURA TARIFARIA, METAS DE GESTIÓN Y COSTOS MÁXIMOS DE LAS UNIDADES DE MEDIDA DE LAS ACTIVIDADES REQUERIDAS PARA DETERMINAR LOS PRECIOS DE LOS SERVICIOS COLATERALES DE EPS EMUSAP ABANCAY S.A.C.
El estudio tarifario elaborado por la Dirección de Regulación Tarifaria contiene el análisis técnico con la propuesta de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aplicables a EPS EMUSAP ABANCAY S.A.C. para el quinquenio regulatorio 2019-2024. Dicha propuesta ha sido elaborada sobre la base de las proyecciones de demanda, ingresos y costos de explotación e inversión eficientes de la empresa, que figuran en el citado estudio tarifario, el cual comprende básicamente los aspectos contemplados en el Anexo No 2 del Reglamento General de Tarifas7.
Asimismo, se ha evaluado la propuesta final de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales, que serán aplicados por EPS EMUSAP ABANCAY S.A.C. Dicha evaluación ha sido elaborada sobre la base de la cantidad y rendimientos de los recursos identificados por la empresa...
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