RESOLUCION, N° 0155-2019-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Aprueban cronograma electoral para el proceso de Elecciones Congresales Extraordinarias 2020 y dictan otras disposiciones-RESOLUCION-N° 0155-2019-JNE

Fecha de disposición11 Octubre 2019
Fecha de publicación11 Octubre 2019
SecciónSección Única

Lima, diez de octubre de dos mil diecinueve.

VISTOS el Decreto de Urgencia N° 002-2019, publicado en el diario oficial El Peruano el 9 de octubre de 2019, y los Informes N° 064-2019-GAP/JNE y 065-2019-GAP/JNE del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones.

CONSIDERANDOS

  1. Mediante el Decreto Supremo N° 165-2019-PCM, publicado el 30 de setiembre de 2019, el Presidente de la República convocó, para el domingo 26 de enero de 2020, a elecciones para elegir congresistas de la República que completen el periodo constitucional 2016-2021.

  2. Con posterioridad a ello, se expide el Decreto de Urgencia N° 002-2019, publicado en la edición extraordinaria del diario oficial El Peruano, de fecha 9 de octubre de 2019, por medio del cual se autoriza a los organismos del Sistema Electoral, en el marco de sus competencias y atribuciones constitucionales, a expedir reglamentos, normas y demás disposiciones que resulten necesarias para la realización del proceso electoral convocado, incluyendo aquellas destinadas a adecuar los procedimientos y plazos del cronograma electoral.

    Cronograma electoral del proceso de Elecciones Congresales Extraordinarias 2020

  3. Todo proceso electoral, como una serie continua y concatenada de actos que precluyen, tiene un inicio y un fin, es así que el artículo 79 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones (en adelante, LOE), modificado por la Ley N° 30682, establece que el punto de inicio es la convocatoria y la fecha de término la determina la publicación de la resolución del Jurado Nacional de Elecciones que declara su conclusión. De la misma manera, la LOE establece, como regla general, que las actividades comprendidas en un proceso electoral se desarrollen dentro de un periodo que se extiende a más de 1 año, dado que el primer acto es el cierre del padrón electoral, 365 días antes de los comicios, disponiendo una serie de hitos con plazos expresamente señalados, tales como la fecha límite para la presentación de solicitudes de inscripción de candidatos, prevista para 110 días antes de la fecha de las elecciones, entre otros.

  4. La autorización otorgada con el Decreto de Urgencia N° 002-2019, para que los organismos electorales expidan las disposiciones necesarias para la realización del proceso electoral, permite al Jurado Nacional de Elecciones adecuar los hitos del cronograma electoral general a este proceso electoral de carácter extraordinario, dada la imposibilidad de aplicar los plazos generales previstos en la normativa electoral, y de esta manera, es posible construir el cronograma fijando los distintos hitos de la trayectoria del proceso electoral como...

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