RESOLUCION, Nº 4274-2019, ORGANOS AUTONOMOS, SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES - Autorizan a Financiera Credinka S.A. la apertura de oficina, en la modalidad de oficina especial permanente, ubicada en el departamento de Cusco-RESOLUCION-Nº 4274-2019

EmisorSUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Fecha de la disposición18 de Septiembre de 2019

Lima, 18 de septiembre de 2019

El Intendente General de Microfinanzas

(a.i.)

VISTA:

La solicitud de autorización presentada por la Financiera Credinka S.A. para que esta Superintendencia autorice la apertura de una oficina, en la modalidad de oficina especial permanente, ubicada en el departamento de Cusco; y,

CONSIDERANDO:

Que, en sesión ordinaria de Directorio Nº 195-2019 de fecha 28.08.2019 se aprobó la apertura de la referida oficina especial permanente;

Que, la empresa ha cumplido con presentar la documentación requerida por el procedimiento Nº 11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolución SBS Nº 1678-2018;

Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera “D”;

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS...

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