RESOLUCION, Nº 4276-2019, ORGANOS AUTONOMOS, SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES - Autorizan a la Financiera Credinka S.A. el traslado de agencia ubicada en el departamento de Lima-RESOLUCION-Nº 4276-2019

EmisorSUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Fecha de la disposición18 de Septiembre de 2019

Lima,18 de septiembre de 2019

El Intendente General de Microfinanzas

(a.i.)

VISTA:

La solicitud presentada por la Financiera Credinka S.A. (en adelante, la Financiera) para que esta Superintendencia autorice el traslado de 1 oficina, en la modalidad de agencia, ubicada en el departamento de Lima; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución SBS Nº 4883-2015 de fecha 27.08.2015, esta Superintendencia autorizó a la Financiera Nueva Visión S.A., la apertura, entre otras, de la agencia ubicada en Av. Rivera Navarrete Nº 501, Piso 19, distrito de San Isidro, provincia de Lima, departamento de Lima; y que, mediante Resolución SBS Nº 4655-2015 se autorizó, entre otras, el cambio de la denominación social de la empresa a Financiera Credinka S.A.;

Que, en sesión de Directorio de fecha 28.08.2019 se acordó el traslado de la referida agencia;

Que, la Financiera ha cumplido con presentar a esta Superintendencia la documentación requerida por la normatividad vigente para el traslado de la agencia;

Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera “D”; y,

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros -...

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