RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 1113-2019 DE/SG, PODER EJECUTIVO, DEFENSA - Delegan facultades a el/la Secretario/a General del INDECI respecto de los proyectos de inversión de su competencia-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 1113-2019 DE/SG

EmisorDEFENSA
Fecha de la disposición27 de Agosto de 2019

Lima, 27 de agosto de 2019

VISTO: El Oficio N° 2893-2019-INDECI/5.0, de fecha 26 de junio de 2019, emitido por la Secretaría General del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se establece que los Ministros de Estado orientan, formulan, dirigen, coordinan, determinan, ejecutan, supervisan y evalúan las políticas nacionales y sectoriales a su cargo; así como, asumen la responsabilidad inherente a dicha gestión en el marco de la política general del gobierno; dicho dispositivo enumera las funciones de los Ministros de Estado, precisando en su último párrafo que pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 28 del artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, el Ministro de Defensa puede delegar o desconcentrar en los funcionarios del Ministerio de Defensa las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función y ejercer las demás funciones que le asignan la Constitución Política del Perú y las demás leyes;

Que, el artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que las entidades pueden delegar el ejercicio de las competencias conferidas a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente, siendo factible la delegación de competencia de un órgano a otro interior de una misma entidad, con excepción de las atribuciones esenciales del órgano que justifican su existencia, las atribuciones para emitir normas generales, para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso, y las atribuciones a su vez recibidas en delegación;

Que, mediante Decreto Supremo N° 294-2018-EF, se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, cuyo objetivo es impulsar la ejecución de proyectos de inversión de impacto regional y local, con la participación del sector privado, mediante la suscripción de convenios de inversión con los Gobiernos Regionales y/o con los Gobiernos Locales;

Que, asimismo, el artículo 4 de la precitada norma autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, en el ámbito de sus competencias, a ejecutar proyectos de inversión en el marco del Sistema de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, en materia de salud, educación, turismo, agricultura y riego, orden público y seguridad, cultura, saneamiento, electrificación rural, industria, turismo, pesca, deporte, ambiente, remediación de pasivos ambientales, habilitación urbana, protección social, desarrollo social, transportes, comunicaciones, justicia, acceso a servicios de atención al ciudadano, mercado de abastos, incluyendo su mantenimiento, mediante los procedimientos establecidos en el mencionado Texto Único Ordenado y en su Reglamento;

Que, el numeral 4.1 del artículo 4 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 29230, aprobado por Decreto Supremo N° 295-2018-EF, dispone que el Titular de la entidad pública es...

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