RESOLUCION SUPREMA, N° 186-2019-JUS, PODER EJECUTIVO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - Aceptan renuncia de Procurador Público Adjunto del Ministerio de Agricultura y Riego-RESOLUCION SUPREMA-N° 186-2019-JUS

EmisorJUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Fecha de la disposición20 de Agosto de 2019

Lima, 20 de agosto de 2019

VISTO, el Oficio N° 3635-2019-JUS/CDJE, del Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 47 de la Constitución Política del Perú, establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos;

Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, dispone como finalidad del sistema fortalecer, unificar y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones;

Que, el literal a) del artículo 25 del Decreto Legislativo Nº 1068, establece que la designación de los procuradores públicos y procuradores públicos adjuntos culmina, entre otras razones, por renuncia;

Que, mediante Resolución Suprema Nº 172-2018-JUS, del 06 de noviembre de 2018, se designó al abogado REYNALDO PATIÑO FUERTES, como Procurador Público Adjunto del Ministerio de Agricultura y Riego;

Que, mediante carta s/n del 13 de mayo de 2019, dirigida a la Ministra de Agricultura y Riego, con copia al Consejo de Defensa Jurídica del Estado, el Procurador Público Adjunto del referido Ministerio, presenta su renuncia irrevocable al cargo de Procurador Público Adjunto de la citada entidad;

Que, conforme al oficio de visto, el Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado informa que, mediante Sesión Extraordinaria del 15 de julio de 2019, el Consejo acordó proponer se acepte la renuncia del abogado REYNALDO PATIÑO FUERTES, como Procurador Público Adjunto del Ministerio de Agricultura y Riego;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado; y su Reglamento, aprobado...

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