RESOLUCION, Nº 0108-2019-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Declaran la nulidad de lo actuado hasta el acto de notificación del Acuerdo de Concejo N° 057-2019-MDMCH, que formalizó la declaratoria de vacancia de regidor del Concejo Distrital de Miguel Checa, provincia de Sullana, departamento de Piura-RESOLUCION-Nº 0108-2019-JNE

Fecha de disposición14 Agosto 2019
Fecha de publicación14 Agosto 2019

Expediente Nº JNE.2019001399

MIGUEL CHECA - SULLANA - PIURA

CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO

PROCLAMADO

Lima, cinco de agosto de dos mil diecinueve

VISTOS el Oficio Nº 241-2019/MDMCH-A, recibido el 4 de julio de 2019, remitido por el alcalde de la Municipalidad Distrital de Miguel Checa, provincia de Sullana, departamento de Piura, mediante el cual solicita, entre otros, la convocatoria de candidato no proclamado debido a que se declaró la vacancia del regidor Juan Carrasco Chorres, por la causal de inconcurrencia injustificada a sesiones de concejo, prevista en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; así como el Oficio Nº 265-2019/MDMCH-A, recibido el 31 de julio de 2019.

ANTECEDENTES

El 2 de noviembre de 2018, el Jurado Electoral Especial de Sullana emitió el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas correspondiente al distrito de Miguel Checa, provincia de Sullana, departamento de Piura, mediante la cual se proclamó, entre otros, a Juan Carrasco Chorres como regidor de dicha entidad edil.

Sin embargo, con fecha 14 de mayo de 2019 (fojas 24 y 25), César Aníbal Sernaqué Chorres presentó su solicitud de vacancia contra el precitado regidor, por la causal de inconcurrencia injustificada a sesiones de concejo, prevista en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM).

En ese contexto, en la Sesión Extraordinaria Nº 006-2019-MDMCH, de fecha 29 de mayo de 2019 (fojas 81 a 95), formalizada en el Acuerdo de Concejo Nº 057-2019-MDMCH, de la misma fecha (fojas 20 y 21), el Concejo Distrital de Miguel Checa acordó, por unanimidad, declarar, entre otros, la vacancia del regidor Juan Carrasco Chorres.

En vista de ello, mediante el Oficio Nº 241-2019/MDMCH-A, recibido el 4 de julio de 2019 (fojas 1), el alcalde de la citada entidad edil remitió la documentación relacionada a la referida vacancia y solicitó que se convoque al suplente que corresponda a fin de completar el Concejo Distrital de Miguel Checa para el periodo de gobierno municipal 2019-2022.

Asimismo, a través del Oficio Nº 265-2019/MDMCH-A, recibido el 31 de julio de 2019 (fojas 78), el citado burgomaestre remitió la documentación requerida mediante el Oficio Nº 01937-2019-SG/JNE, del 5 de julio de 2019 (fojas 76).

CONSIDERANDOS

  1. El artículo 23 de la LOM señala que el procedimiento de declaratoria de vacancia del cargo de alcalde o regidor es resuelto por el concejo municipal, en sesión extraordinaria, dentro de un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles después de presentada la solicitud, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa.

  2. Sobre el particular, en...

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