ORDENANZA, Nº 378-2019/ML, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE LURÍN - Ordenanza que establece el procedimiento para el reconocimiento y registro municipal de organizaciones sociales en el RUOS del distrito de Lurín-ORDENANZA-Nº 378-2019/ML

EmisorMUNICIPALIDAD DE LURAN
Fecha de la disposición 9 de Agosto de 2019

Lurín, 9 de agosto de 2019

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

LURÍN

VISTOS:

El Informe Nº 981-2019-GPV/ML emitido por la Gerencia de Participación Vecinal, Informe Nº 762-2019-GPE/ML emitido por la Gerencia de Planeamiento Estratégico y el Informe Nº 565-2019-GAJ/ML emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que, el articulo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que las relaciones entre los tres niveles de gobierno deben ser de cooperación y coordinación, sobre la base del principio de subsidiaridad.

Que, el artículo 40º de Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades estipula que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa.

Que, el artículo 73º del marco legal precitado, contempla que las Municipalidades, asumen las competencias y ejercen las funciones específicas señaladas en el Capítulo II del presente Titulo, con carácter exclusivo o compartido, en las materias siguientes: En materia de participación vecinal, 5.1. Promover, apoyar y reglamentar la participación vecinal en el desarrollo local, 5.2. Establecer instrumentos y procedimientos de fiscalización, 5.3 Organizar los registros de organizaciones sociales y vecinales de su jurisdicción.

Que, el artículo 84º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, estipula que las Municipalidades, en materia de programas sociales, de defensa y promoción de derechos, ejercen las siguientes funciones: 2. Funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales: 2.1. Planificar y concertar el desarrollo social en su circunscripción en armonía con las políticas y planes regionales y provinciales, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza. 2.2. Reconocer y registrar a las instituciones y organizaciones que realizan acción y promoción social concertada con el Gobierno Local.

Que, mediante Ordenanza Nº 1762-MML de fecha 20 de diciembre del 2013, la Municipalidad Metropolitana de Lima, estableció los procedimientos y requisitos para el Reconocimiento Municipal de Organizaciones Sociales y su Inscripción, así como sus actos posteriores, en el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) a Nivel Metropolitano, estableciendo en su artículo 2º que la presente Ordenanza la aplicaran los órganos o unidades orgánicas de la Municipalidad Metropolitana de Lima y las Municipalidades Distritales de la Provincia de Lima, que tengan a su cargo el reconocimiento y registro de las organizaciones sociales de su jurisdicción.

Que, mediante Informe Nº 981-2019-GPV/ML, la Gerencia de Participación Vecinal, presenta el proyecto de Ordenanza que Establece el Procedimiento para el Reconocimiento y Registro Municipal de Organizaciones Sociales en el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) del Distrito de Lurín expresando como sustento técnico que: i) La Municipalidad de Lurín no tiene una Ordenanza de acuerdo a la realidad del Distrito que establezca el Procedimiento para el Reconocimiento y Registro de las Organizaciones Sociales del Distrito (RUOS), en la actualidad, y desde hace años atrás, se viene otorgando personería municipal a las diferentes organizaciones sociales teniendo como base legal la Ordenanza de Lima, Ordenanza Nº 1762-MML, ii) Es una necesidad contar con una Ordenanza para el Registro Único de las Organizaciones Sociales del Distrito (RUOS), de acuerdo a la realidad de la jurisdicción de Lurín, la cual se plasma en el presente proyecto de Ordenanza, iii) Se hace necesario otorgar a diversas organizaciones sociales un reconocimiento municipal que les otorgue la capacidad legal de ser sujeto de derecho y obligaciones frente a los órganos del gobierno local, para lo cual se requiere crear un sistema de registro que constate y certifique la legitimidad de los representantes de las organizaciones sociales y hacer eficaz la participación ciudadana en la gestión local, iv) La Municipalidad Distrital de Lurín, como parte del proceso de modernización para los planes y objetivos que se han trazado, debe crear un RUOS, teniendo como base legal su propia Ordenanza que contemple los procedimientos y requisitos para el reordenamiento y registro ordenado de todas las organizaciones sociales, a fin de consolidar su institucionalidad y lograr una justa representación en los mecanismos de articulación generados por el gobierno local para compartir los desafíos del desarrollo local.

Que, mediante Informe Nº 762-2019-GPE/ML, la Gerencia de Planeamiento Estratégico emite opinión técnica favorable señalando que de la revisión del proyecto de Ordenanza, se aprecia que los procedimientos y requisitos para el reconocimiento municipal de las organizaciones sociales y su inscripción, así como sus actos posteriores en el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) del Distrito de Lurín, son de alcance a todo el ámbito jurisdiccional, cuya aplicación corresponde a la Gerencia de Participación Vecinal; en esa dirección se incluyen los principios que rigen su adecuada aplicación y una clasificación de los tipos de organizaciones sociales considerando su naturaleza y según sus niveles de organización; asimismo, se señalan los derechos, obligaciones y efectos derivados de su inscripción en el RUOS, así como las disposiciones administrativas para su reconocimiento y registro, y la formalidades del caso, precisando que el trámite de estos procedimientos es gratuito.

Que, mediante Informe Nº 565-2019-GAJ/ML, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable al proyecto de Ordenanza que Establece el Procedimiento para el Reconocimiento y Registro Municipal de Organizaciones Sociales en el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) del Distrito de Lurín, sosteniendo que debe procederse según lo previsto por el inciso 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con el artículo 40º del mismo dispositivo legal.

Que, mediante Dictamen de la Comisión Permanente de Asuntos Legales de Regidores Nº 027-2019-CPAL-REG/ML y Dictamen de la Comisión Permanente de Participación Vecinal Nº 002-2019-CPPV-REG/ML, en ambos se expresa Dictamen Favorable al Proyecto de Ordenanza que Establece el Procedimiento para el Reconocimiento y Registro Municipal de Organizaciones Sociales en el RUOS del Distrito de Lurín, indicando elevar los actuados al Concejo Municipal para su conocimiento, debate y aprobación correspondiente.

Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto por unanimidad de los señores regidores asistentes a la sesión de concejo de la fecha, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, emite la siguiente:

Artículo 1º – Objetivo.

La presente Ordenanza establece los procedimientos y requisitos para el Reconocimiento Municipal de Organizaciones Sociales y su inscripción, así como sus actos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR