RESOLUCION, Nº 105-2019-INDECOPI/COD, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL - Modifican la Res. N° 010-2019-INDECOPI/COD, sobre delegación de facultades en materia de contratación pública para el Año Fiscal 2019-RESOLUCION-Nº 105-2019-INDECOPI/COD

Fecha de publicación03 Agosto 2019
Fecha de disposición31 Julio 2019

Lima, 31 de julio de 2019

VISTOS:

El Memorándum N° 411-2019/GAF de la Gerencia de Administración y Finanzas, que remite el Informe Nº 038-2019/GAF-Sgl de la Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial, el Informe N° 553-2019/GEL de la Gerencia Legal; y

CONSIDERANDO:

Que, el 25 de enero de 2019, mediante la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi N° 010-2019-INDECOPI/COD, se delegó para el año Fiscal 2019 diversas facultades en materia de contratación y obra pública, al Gerente General, Gerente Legal, Gerente de Administración y Finanzas y al Subgerente de Logística y Control Patrimonial, las cuales fueron otorgadas en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por la Ley N° 30225 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 350-2015-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 056-2017-EF;

Que, los numerales 8.2 y 8.3 del artículo 8 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 082-2019-EF, en adelante la Ley, señala que el Titular de la Entidad podrá delegar mediante resolución, la autoridad que dicha Ley y su Reglamento le otorgan, señalando además lo que no es objeto de delegación; es decir, los actos administrativos indelegables, tales como: la declaración de nulidad de oficio, la aprobación de las contrataciones directas, salvo aquellas dispuestas por el vigente Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, y otros supuestos que se establezcan en el mencionado reglamento;

Que, mediante Informe N° 038-2019/GAF-Sgl, la Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial propone modificar el literal b) del artículo Primero, el literal b) del artículo Segundo e incorporar un literal en el artículo Tercero de la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi N° 010-2019-INDECOPI/COD, con la finalidad de ampliar las facultades conferidas al Gerente General, Gerente de Administración y Finanzas y al Subgerente de Logística y Control Patrimonial, para la aprobación de los expedientes de contratación...

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