RESOLUCION MINISTERIAL, N° 364-2019-MINEDU, PODER EJECUTIVO, EDUCACION - Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Educación - MINEDU-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 364-2019-MINEDU

Fecha de disposición19 Julio 2019
Fecha de publicación23 Julio 2019
MateriaDerecho Procesal
SecciónSección Única

Lima, 19 de julio de 2019

VISTOS, el Expediente N° 2019-0041010, el Informe N° 0052-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME de la Unidad de Organización y Métodos, y el Oficio N° 06173-2019-MINEDU/SG-OACIGED de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, se aprueban los Lineamientos para elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), que las Entidades deberán tener en cuenta para dar cumplimiento a la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en lo que respecta a la elaboración, aprobación y publicación del TUPA;

Que, con Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM, se aprueba la Metodología de Simplificación Administrativa y se establece disposiciones para su implementación, para la mejora de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad por las entidades de la Administración Pública, cuyo objetivo general es brindar pautas a las entidades públicas para la eliminación y simplificación de procedimientos administrativos utilizando un modelo estandarizado bajo un enfoque integral;

Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2016-MINEDU y modificatorias, se aprobó el TUPA del MINEDU, y se dispone que mantienen su vigencia los procedimientos N° 2 y del 5 al 47 establecidos en el TUPA del MINEDU, aprobado por el Decreto Supremo N° 016-2004-ED;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 272-2019-MINEDU, se retiraron del TUPA diversos procedimientos administrativos, como producto del Análisis de Calidad Regulatoria en el MINEDU;

Que, el numeral 40.5 del artículo 40, del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplificación de los mismos, pueden aprobarse por Resolución Ministerial, entre otros;

Que, asimismo, conforme a lo dispuesto en el numeral 44.5 del artículo 44 del TUO de la Ley N° 27444, una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar, entre otros, por Resolución Ministerial del Sector;

Que, de conformidad con la Primera Disposición Complementaria Final de la...

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